SIN INFORMACION

IÑIGO/MUÑOZ

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho que expuso. El recurrente indicó ser un empresario dedicado a la reparación y montajes eléctricos de medianas y grandes industrias dueño de la empresa Vimatec SpA. Señaló que el 11 de noviembre de 2024, a eso de las 8:10 am, llegó al portón de ingreso de vehículos del edificio en el cual reside y se encontró con un vehículo manejado por la recurrente el cual se encontraba obstaculizando el ingreso. Con lo cual, le pidió que por favor retirara su vehículo, pues le impedía ingresar al edificio. Añadió que la mujer, quien es la recurrida, le hizo un gesto con la mano, en señal de que se fuera del lugar y luego le señaló al recurrente, que intente como pueda pasar hacia el edificio, pues ella estaba dejando a su hijo en una escuela a escasos metros del Edificio ya referido. Agregó que esta misma situación se repitió el 13 de noviembre de 2024, pero que, en esta ocasión el recurrente se bajó del vehículo y tomó fotos al vehículo de la recurrida, además de llamar a Carabineros para que fiscalicen la situación y le cursen la infracción correspondiente, reaccionando la recurrida, de mala manera, pues dijo haber sido insultada y agredida por el recurrente. A partir de ese día, la recurrida comenzó a ejercer ofensas y descréditos en contra de don Víctor Iñigo, levantando una serie de injurias por redes sociales que afectan su honra, ejerciendo un comportamiento abusivo por Facebook, donde lo trata de agresor, señalando incluso, textualmente “El agrede a todo el mundo, que clase de esposo, apoderado y padre, ¿Que está criando?”, para luego señalar “hasta cuando hablamos de equidad, igualdad y protección a la mujer… que cualquier maricón nos puede agredir, insultar, humillar e incluso golpear si quiere”. Explicó el recurrente que, además de estas palabras, la recurrida señaló el nombre de la empresa, el colegio y cursos donde estudian sus hijos e indicó al cuerpo de Bomberos del cual el recurrente es miembro activo, realizando funas masiv

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) A folio 1 comparece Nicolás Riquelme Saint Jean, en representación convencional de Víctor Andrés Iñigo Herrera quien dedujo la presente Acción Constitucional de Protección en contra de Daniela Soledad Muñoz Alvarado por el acto arbitrario e ilegal que amenaza, menoscaba y perturba sus derechos fundamentales consagrados en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en base a los antecedentes de hecho y de derecho que expuso. El recurrente indicó ser un empresario dedicado a la reparación y montajes eléctricos de medianas y grandes industrias dueño de la empresa Vimatec SpA. Señaló que el 11 de noviembre de 2024, a eso de las 8:10 am, llegó al portón de ingreso de vehículos del edificio en el cual reside y se encontró con un vehículo manejado por la recurrente el cual se encontraba obstaculizando el ingreso. Con lo cual, le pidió que por favor retirara su vehículo, pues le impedía ingresar al edificio. Añadió que la mujer, quien es la recurrida, le hizo un gesto con la mano, en señal de que se fuera del lugar y luego le señaló al recurrente, que intente como pueda pasar hacia el edificio, pues ella estaba dejando a su hijo en una escuela a escasos metros del Edificio ya referido. Agregó que esta misma situación se repitió el 13 de noviembre de 2024, pero que, en esta ocasión el recurrente se bajó del vehículo y tomó fotos al vehículo de la recurrida, además de llamar a Carabineros para que fiscalicen la situación y le cursen la infracción correspondiente, reaccionando la recurrida, de mala manera, pues dijo haber sido insultada y agredida por el recurrente. A partir de ese día, la recurrida comenzó a ejercer ofensas y descréditos en contra de don Víctor Iñigo, levantando una serie de injurias por redes sociales que afectan su honra, ejerciendo un comportamiento abusivo por Facebook, donde lo trata de agresor, señalando incluso, textualmente “El agrede a todo el mundo, que clase de esposo, apoderado y padre, ¿Que está criando?”, para luego señalar “hasta cuando hablamos de equidad, igualdad y protección a la mujer… que cualquier maricón nos puede agredir, insultar, humillar e incluso golpear si quiere”. Explicó el recurrente que, además de estas palabras, la recurrida señaló el nombre de la empresa, el colegio y cursos donde estudian sus hijos e indicó al cuerpo de Bomberos del cual el recurrente es miembro activo, realizando funas masivas por redes sociales. Producto de lo anterior, el recurrente estima que se le ha causado a él y a su entorno familiar un agravio y daños que son incalculables, porque se ha visto expuesto a un escarnio público por parte de personas de distintas ciudades del país, lo que vulnera su derecho a la integridad física y psíquica, pues ha sentido temor de salir a la calle y encontrarse con la recurrida. Además, estimó se le produjo afectación a su derecho a la honra y protección de datos personales, pues su nombre se ha visto menoscabado. Solicitó se acoja el re

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 19 Nº4 y 20, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado, Acta 95-2015, de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RESUELVE: Que, se acoge, sin costas, la acción de protección deducida por Víctor Andrés Iñigo Herrera en contra de Daniela Soledad Muñoz Alvarado y en consecuencia, deberá eliminar de sus redes sociales toda publicación referida al actor. Comuníquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-3031-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, trece de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: 1) A folio 1 comparece Nicolás Riquelme Saint Jean, en representación convencional de Víctor Andrés Iñigo Herrera quien dedujo la presente Acción Constitucional de Protección en contra de Daniela Soledad Muñoz Alvarado por el acto arbitrario e ilegal que amenaza, menoscaba y perturba su

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