EN FAVOR DE TOMAS GUILLERMO MATHESON MUJICA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Con fecha 11 de diciembre del año en curso, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en nombre de CHRISLENE MERVILIER, ciudadana haitiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°26.172.327-1, domiciliado en Bartolomé de las Casas N°8, comuna de San Fernando, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, de conformidad a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que en su presentación expuso. Indica que la amparada es originaria de Haití, viviendo junto a su familia, encontrándose en una situación económica muy precaria, por lo que no alcanzaba el estándar mínimo para una vida digna, viéndose en la imperiosa necesidad de migrar a Chile, buscando con ello mejorar su vida y la de su familia que aún reside en dicho país, Plantea que la amparada tiene rut definitivo, lo que implica necesariamente ha tenido previamente residencia temporal que le permite postular a la residencia definitiva. Relata que con fecha 5 de diciembre de este año, mediante Resolución Exenta N°24555085 del Servicio Nacional de Migraciones, y con motivo de una solicitud de residencia definitiva, se informó el rechazo de la solicitud por no cumplir suficientemente con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, al no acompañar sanción solicitada por la autoridad, por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 88 número 1, de la Ley N° 21.325 es procedente el rechazo de su solicitud de residencia definitiva. Asegura que en ningún momento del procedimiento, le indicaron que las multas que habría pagado eran erróneas o se encontraban mal calculadas, o cuál sería el error, requiriendo además el comprobante de pago de una multa cuyo cumplimiento se realiza en la misma página web del servicio recurrido. De esta forma, solo llegó la resolución de rechazo, sin indicar los motivos específicos de por qué las multas ya pagadas no fueron consideradas. Previas citas legales, pide tener por interpuesto recurso de amparo; acogerlo, y, en consecuencia, dejar sin efecto la resolución administrativa que dispone su abandono del país, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones el restablecimiento del imperio del derecho, retrotrayendo el proceso administrativo y dándole continuidad, permitiendo a su representado complementar los antecedentes de que dispone la recurrida o, en su defecto, realizar una nueva postulación, todo hasta la completa resolución del asunto. Se solicita además que, en caso de revocarse la resolución de rechazo, se le otorgue certificado de residencia en trámite, a fin de demostrar que se encuentra de manera legal en el país frente a terceras personas. Con fecha 5 de diciembre de 2024, evacúa su informe don Sebastián Miguel Aguirre Cabello, abogado de la Dirección Regional del Libertador General Bernardo O´Higgins del Servicio Nacional de Migraciones, indicando que el amparado ingreso al con fecha 24 de octubre de 2017 ingreso al país por el Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez, en calidad de turista. El 21 de febrero de 2018, previa solicitud del extranjero, la ex Gobernación Provincial de Talca mediante Resolución Exenta N° 1991, le otorgó visa temporal, vigente hasta el 15 de marzo de 2019. Con fecha 11 de abril de 2019, consta Resolución Exenta N°1468 de la ex Intendencia de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, la cual amonesta al extranjero conminándolo a
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas la acción constitucional intentada en autos en favor de Chrislene Mervilier, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Pairicán, quien estuvo por acoger la presente acción, por considerar que los fundamentos que se han invocado por la autoridad carecen de proporcionalidad en relación con la naturaleza, gravedad y ámbito de la infracción sancionada, y considerando la afectación que de manera irremediable producirá en la recurrente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 743-2024 Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, trece de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 11 de diciembre del año en curso, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en nombre de CHRISLENE MERVILIER, ciudadana haitiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°26.172.327-1, domiciliado en Bartolomé de las Casas N°8, comuna de San Fernando, quien interpone recurso de amparo en cont
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