HENRÍQUEZ/SERVICIO DE SALUD REGION DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Nicolás Carvajal Díaz, abogado, domiciliado en calle Washington N°2675, oficina 1104, Antofagasta, en representación de Marjorie Henríquez González, empleada pública, cédula de identidad N°17.019.837-9, de su mismo domicilio, quien deduce acción de protección en contra del Servicio de Salud de Antofagasta, representado legalmente por Francisco Grisolia Cirera, en calidad de Director, ambos domiciliados en calle Bolívar N°523, Antofagasta, en virtud del acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución N°426/13/2024 de fecha 2 de septiembre de 2024, donde se concluye que posee salud incompatible, declarándose la vacancia de su cargo en calidad de contrata que desempeñaba, lo que vulnera las garantías constitucionales de los números 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Informó la recurrida Servicio de Salud Antofagasta, solicitando el rechazo de la acción deducida, con costas. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte recurrente funda su acción señalando que desde el día 07 de junio de 2013 trabajaba como técnico paramédico en nivel superior (TENS) en el Centro Oncológico Norte de Antofagasta, dependiente del Servicio de Salud de Antofagasta, desarrollando labores durante más de once años, siempre estando en lista uno de calificaciones, asistiendo a numerosos cursos y capacitaciones y destacándose en diferentes áreas clínicas, siendo un aporte a la institución y compañeros de trabajo. Expone que con fecha 10 de febrero de 2021 nace su hijo menor, extendiéndose licencia médica por pre y post natal por 84 días, y estando en plena pandemia por Covid 19, hace uso de todos los feriados legales acumulados para extender el cuidado de su hijo recién nacido, agregando que en el peak de la pandemia generó angustia, estrés y preocupación, cursando una depresión post parto, por lo que tuvo que tomar terapia psicológica y psiquiátrica, extendiéndose licencia médica por ese motivo por tres meses, reintegrándose a sus funciones con cierta normalidad durante el año 2022. Agrega que tal era su compromiso con la institución que, habiéndose cumplido su post natal, no se acogió al beneficio otorgado por la Ley N°21.391 que “Establece modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para el cuidado de niños o niñas y personas con discapacidad, en los casos que indica”. Menciona que en el año 2023 el ambiente laboral en el que se desempeñaba se deterioró, sufriendo acoso y hostigamiento laboral, siendo derivada a la ACHS, quien le extendió licencia médica por 35 días, iniciándose investigación del caso por la mutualidad, dictaminándose en definitiva que se trataba de una enfermedad común, y no de origen laboral o enfermedad profesional, por lo que dichos días de licencia médica se sumaron como días de ausentismo por enfermedad común. Añade que, en el mes de mayo de 2023, fue operada en la Clínica Traumatológica Meds, de la ciudad de Santiago, extendiéndose licencia médica traumatológica por seis meses por diagnóstico de Halux Valgus, el cual fue operado y con largas curaciones y terapia kinesiológica. Refiere que en el periodo evaluado por la COMPIN para emitir dictamen de salud recuperable con fecha 22 de octubre de 2023, periodo que va desde el 17 de noviembre de 2021 al 23 de julio de 2023, en el que la Comisión resolvió “salud recuperable”, a raíz de un control rutinario preventivo ginecológico, el día 13 de mayo de 2022 fue notificada por el laboratorio de la alteración de examen microbiológico PAP (Papanicolau), siendo diagnosticada con cáncer cérvico uterino, patología GES, lo que derivó en una intervención quirúrgica (conización y/o amputación del cuello uterino) y un periodo de licencia médica por 20 días hábiles, quedando con controles quincenales, trimestrales y anuales. Indica que con fecha 2 de septiembre de 2024 se emite el acto reservado N°73 de 2024 del Servicio de Salud Antofagasta que informa R.A. N°426/13/2024, materia: No
Fallo
Se resuelve que presenta un estado de salud recuperable, lo que se deja establecido para los fines estatutarios correspondientes”, y conforme a lo anterior se dicta Resolución de fecha 31 de mayo de 2024 que declara vacante cargo por salud incompatible mediante TRA N°426/11/2024, la que por temas de carácter administrativos es representada por Contraloría de la República, de modo que se emite una nueva resolución que declara vacante el cargo con fecha 09 de agosto de 2024, la que cumpliendo con los estándares y requisitos de Contraloría es tomada de razón con fecha 02 de septiembre de 2024, de modo que a raíz de lo anterior recién desde el 02 de septiembre de 2024 podía ser notificada a la recurrente. Finalmente, con fecha 05 de septiembre de 2024 el Director de Servicio de Salud Antofagasta emite Reservado N°073, mediante el cual se le informa que se declaró vacante su cargo. Hace presente que no se pudo emitir Resolución con antelación, puesto que la Directora del Centro Oncológico del Norte trató con la Isapre Colmena Golden Cross obtener el estado de archivo maestro de Licencias Médicas, e inclusive en el mismo sentido le solicitó a la Presidenta del COMPIN, de modo que se retrasaba la posibilidad de emitir una declaración de vacancia antes de lo efectuado. Posteriormente, cita los artículos 150 y 151 de la Ley N°18.834, y señala que el legislador ha instituido una nueva exigencia para ejercer la facultad de declarar la salud incompatible de un funcionario, que es solic
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Antofagasta, trece de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de Nicolás Carvajal Díaz, abogado, domiciliado en calle Washington N°2675, oficina 1104, Antofagasta, en representación de Marjorie Henríquez González, empleada pública, cédula de identidad N°17.019.837-9, de su mismo domicilio, quien deduce acción de protección en contra del Servicio de Salud de Antofagasta, repres
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