SIN INFORMACION

MITSOUKO NOËL /SERVICIO NACIONAL NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de doña Mitsouko Noël, de nacionalidad haitiana, con domicilio en pasaje Santa Lucía N°10.989, comuna de La Pintana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director, Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna Santiago, que mediante Resolución Exenta N°24529055, de 19 de noviembre de 2024, rechazó su solicitud de permanencia definitiva y ordenó su abandono del país dentro del plazo de 10 días, acto que estima desproporcionado, arbitrario, ilegal y vulneratorio de la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que emigró al país como consecuencia de la grave crisis política, social y económica existente en su país de origen, que solicitó la permanencia definitiva y que su solicitud fue rechazada bajo el fundamento de no haber efectuado el pago de la multa por residencia irregular. Argumenta que el fundamento de dicha resolución es errado, pues si efectuó el pago de la referida multa, y que por lo mismo, la resolución recurrida resulta ilegal, desproporcionada y vulneratoria de sus garantías fundamentales. Solicita dejar sin efecto la resolución que dispone su abandono del país y resolver conforme a derecho su solicitud, otorgándole la permanencia definitiva. Segundo: Que la Policía de Investigaciones de Chile, informa que revisado el Sistema de Gestión Policial (GEPOL) la recurrente no registra orden de expulsión vigente, así como tampoco, órdenes de aprehensión, arrestos o arraigos en su contra, pero que si registra una orden de abandono del país, dictada por Resolución Exenta N°24529055, de 19 de noviembre de 2024. Agrega que su último movimiento migratorio registrado es una entrada al pa

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Mitsouko Noël en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°933-2024 Amparo. 1 1 2

Texto Completo (Preview)

San Miguel, trece de diciembre dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de doña Mitsouko Noël, de nacionalidad haitiana, con domicilio en pasaje Santa Lucía N°10.989, comun

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