19º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FONDO DE INVERSIÓN ACTIVA FINANCIAMIENTO ESTRUCTURADO/INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN JUAN SPA

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2024

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha siete de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha tres de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-20037-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha siete de octubre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha tres de octubre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-20037-2024.

Texto Completo (Preview)

mbaa C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas considera

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica