FLORES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Sebastián Osvaldo Troya González, abogado, en favor de Alex Manuel Flores Rodríguez, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario vulneratorio de la garantía de igualdad ante la Ley consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de residencia temporal. Indica que ingresó al país de forma irregular, realizando ante el Servicio de Migraciones, un reconocimiento voluntario de aquella situación, para luego presentar una solicitud de regulación migratoria de residencia temporal el 26 de enero de 2024, transcurriendo más de seis meses desde su presentación. Atendido lo anterior, pide que se ordene a la recurrida resolver, sin más trámite, la solicitud de residencia temporal respecto de la recurrente en el plazo de 15 días o el que la Corte fije al efecto, poner a disposición de la recurrente el estampado electrónico respectivo para materializar dicho beneficio y que se condene en costas a la recurrida. Segundo: Que, evacuando el informe solicitado Servicio Nacional de Migraciones, solicita el rechazo en todas sus partes del recurso de protección. Señala que el recurrente, extranjero, nacional de Republica Dominicana, ingresó al país por paso no habilitado a territorio nacional, lo que se constata mediante Parte Policial N°4165, de fecha de 24 de septiembre de 2020, de Policía de Investigaciones de Arica y Parinacota. Indica que el 29 de enero de 2021, el Servicio recibió una carta certificada, mediante la cual la parte recurrente solicitó que se regularizara su condición migratoria en base a la facultad de la Subsecretaría del Interior contemplada en el artículo 155 N°9 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería. Mediante Oficio Ordinario N°49741, de fecha 17 de septiembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, la autoridad remitió todos los antecedentes de dicha petición al órgano facultado por la Ley N°21.32
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se decide que SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Alex Manuel Flores Rodríguez en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-18453-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Sebastián Osvaldo Troya González, abogado, en favor de Alex Manuel Flores Rodríguez, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario vulneratorio de la garantía de igualdad ante la Ley consistente en la ausen
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