GARCIA/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece don Jorge Correa Fuentes, en representación de don José Jesús García Montero, de nacionalidad venezolana, quién deduce acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y en contra del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal al no pronunciarse sobre la solicitud de nacionalización de la recurrente presentada el 23 de mayo de 2022. Señala que dicha actuación es ilegal y arbitraria, ya que han transcurrido más de dos años y cinco meses sin obtener respuesta, vulnerando con ello el derecho a la igualdad ante la ley que la Constitución Política de la República garantiza en su artículo 19 N° 2, por lo que solicita se ordene a los recurridos emitir el pronunciamiento respectivo conforme a derecho. Expone que el recurrente de nacionalidad venezolana e ingeniero electrónico, ingresó a Chile en 2014 con el propósito de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida. Añade que, tras un extenso período en el país, decidió iniciar su proceso de nacionalización en mayo de 2022, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por el Servicio Nacional de Migraciones. Hace presente que hace más de un año fue requerido del pago de derechos, el cual completó íntegramente, sin recibir desde entonces noticia alguna sobre el avance del procedimiento. Sostiene que la omisión recurrida contraviene la normativa vigente, específicamente la Ley N° 19.880, que establece el plazo dentro del cual los procedimientos administrativos deben ser resueltos. Argumenta que existe una clara inobservancia de los principios que rigen la materia, en especial el principio de celeridad consagrado en el artículo 7° de dicha ley. Fundamenta la procedencia del recurso en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, destacando que la omisión es de carácter permanente, por lo que se encuentra dentro del plazo legal para su interposi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido en favor de José Jesús García Montero y en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaria del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Protección N°21.079-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece don Jorge Correa Fuentes, en representación de don José Jesús García Montero, de nacionalidad venezolana, quién deduce acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y en contra del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública, p
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