MINISTERIO PUBLICO C/ WLADIMIR ANDRES BARRERA AGUILERA
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2024
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de seis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, mediante la cual se decretó la medida cautelar de prisión preventiva de WLADIMIR ANDRÉS BARRERA AGUILERA. Acordada con el voto en contra de la Ministra doña Nancy Aurora Bluck Bahamondes, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener la medida cautelar de privación de libertad , en el domicilio, por estimar que los cuatro incumplimientos que registra el imputado, en un lapso de seis meses, no revisten los caracteres de gravedad para justificar la intensificación de la mencionada medida cautelar. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-3542-2024.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a doce de diciembre de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 11:00 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra doña Nancy Aurora Bluck Bahamondes e integrada por el Ministro Suplente don Rodrigo Cortés Gutiérrez y la Abogada Integrante doña Pamela Prado Lóp
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