JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

MP C/ MAKARENA DEL CARMEN CERDA GUERRERO

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1° Que siendo suficientes -en este estadio procesal- los antecedentes reunidos en la investigación para el establecimiento del ilícito por el cual ha sido formalizada la imputada y la participación que le habría correspondido en el mismo; y siendo la calificación jurídica definitiva de los hechos, una cuestión a discutir y resolver en la etapa procesal pertinente, se comparten los razonamientos del tribunal a quo para concluir que se cumplen los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2° Que en lo que atañe a la necesidad de cautela, teniendo en consideración la naturaleza del delito, la gravedad de la pena asignada al mismo, así como la forma y circunstancias de comisión, se concluye que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de cuatro de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, en los autos Rit 6223-2024, que dispuso la prisión preventiva de la imputada Makarena del Carmen Cerda Guerrero. Devuélvase la competencia. Penal-6987-2024 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de cuatro de diciembre del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, en los autos Rit 6223-2024, que dispuso la prisión preventiva de la imputada Makarena del Carmen Cerda Guerrero. Devuélvase la competencia. Penal-6987-2024 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-6987-2024 Ruc: 2401172358-2 Rit : O-6223-2024 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: el Ministro señora Carolina S. Brengi Zunino, el Ministro (S) señora Laura Andrea Assef Monsalve y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Paul Boulou Digitador (a)

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