SIN INFORMACION

EN FAVOR DE ISRAEL ALEJANDRO CACERES ABURTO CONTRA CLC RGUA

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 21 de noviembre de 2024 comparece el abogado José Castro Morales, defensor público penitenciario, en favor del condenado Israel Alejandro Cáceres Aburto, privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, quien interpuso recurso de amparo en contra de la resolución dictada con fecha 10 de octubre de 2024 por la Comisión de Libertad Condicional, que procedió a denegar la solicitud de Libertad Condicional y se proceda finalmente a otorgarla, restableciendo así, el imperio del derecho. Explica que su representado se encuentra cumpliendo condena por sentencia dictada en su contra por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, en causa RIT 479-2019, cumpliendo la pena de 9 años, de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de homicidio calificado, y la pena 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de hurto simple. Agrega que, sin perjuicio de lo anterior, su representado cumple con todos los requisitos exigidos por el actual y vigente Decreto Ley Nº 321, “que establece la Libertad Condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad”,

Fundamentos

considerando las modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.124, esto es; con el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de su condena, y con los bimestres de calificación conductual de “Muy Buena” anteriores a su postulación, demostrando avances en su proceso de reinserción social. Refiere que, si bien el informe de postulación psicosocial elaborado por el equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile es un antecedente calificado, no se requiere que el informe de postulación sea favorable, argumentando en torno a la falta de fundamentación de la resolución que por esta vía se impugna. Luego de transcribir la normativa aplicable y citar jurisprudencia, finaliza solicitando que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando se le conceda dicha libertad. Con fecha 11 de diciembre de 2024, comparece el señor Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, Jorge Fernández Stevenson, que informando al tenor del recurso, sostuvo que la Comisión procedió a revisar en profundidad los antecedentes del condenado y el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, rechazando tal solicitud, por considerar que no satisface el requisito previsto en el numeral 3° del artículo 2° del Decreto Ley 321, por cuanto se delatan factores de riesgo de reincidencia y de escasa conciencia de la gravedad del delito, que afectan al postulante y que impiden reconocer su posibilidad de reinsertarse adecuadamente en la sociedad, que es el propósito que busca la libertad condicional. Además, menciona que, en particular, es importante mencionar que la Comisión consideró que el informe psicosocial señala que el postulante presenta un nivel de riesgo de reincidencia medio, mostrando aún factores que tienden a la minimización de su hecho justificación en base a que era el amante de su pareja, la evaluación específica arroja como resultado un riesgo de violencia futura de tipo alta, con altas probabilidades de reincidencia, debido a que el hecho por el cual cumple condena se enmarca en un contexto intrafamiliar, considerando el evaluado la posibilidad de retornar al lugar de residencia de su ex pareja e hija, una vez en libertad; la evaluación de riesgos psicopáticos lo calificó en categoría media, por consiguiente, se sugiere continuar con el proceso de habilitación en el sistema cerrado, con intervenciones en el área psicosocial, procurando cambiar cogniciones que validan el comportamiento delictual y también organizar actividades comunitarias que promuevan la interacción positiva y la construcción de redes de apoyo saludables, quien por lo demás no gozaba de beneficios intrapenitenciarios que le hayan permitido un acercamiento progresivo y gradual a la libertad al momento de su postulación. Finaliza indicando que se considera que al ejercer la facultad de conceder o rechazar la solicitud de libertad condicional, prevista en el artículo 5° del D.L.321, la Comisión

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Israel Alejandro Cáceres Aburto, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Rancagua. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 686-2024 Amparo. Se deja constancia que esta sentencia reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 21 de noviembre de 2024 comparece el abogado José Castro Morales, defensor público penitenciario, en favor del condenado Israel Alejandro Cáceres Aburto, privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, quien interpuso recurso de amparo en contra de la resolución dictada con fecha 10 de octubre de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica