MP.C/ PEDRO SANTIAGO PALMA FORLIVESI.
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2024
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas de menor intensidad que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo del fallo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en la audiencia de diez de diciembre del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que sustituyó la prisión preventiva del imputado Pedro Santiago Palma Forlivesi por las medidas del artículo 155 letras c) y d) del Código Procesal Penal, y la del artículo 9 letra b) de la ley 20.066, esto es, firma semanal, arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima, respectivamente, con declaración de que se deja únicamente sin efecto la medida de firma semanal y, en su lugar, de decreta la de arresto domiciliario total. El Tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese vía interconexión. N° 4268-2024 Penal
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San Miguel, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Sala Rol: 4268-2024 Penal Ruc: 2300835015-9 RIT: 5228-2023 Tribunal: 11°Juzgado de Garantía de Santiago Relator: Cristián Calderón Bórquez Fiscal: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensa: Esteban Cofré Sandoval Imputado: Pedro Santiago Palma Forlivesi Tipo de recurso: Apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: 2 (Folios 3 y 4).
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