TAPIA/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CASTRO
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia anulada, con excepción del
Fundamentos
considerando undécimo, que se elimina. Y se tiene, además, presente: Primero: Que, la parte demandante solicita que se pague el 50% de recargo sobre la suma percibida por cada uno de ellos a razón de indemnización por años de servicio conforme al artículo 168 del Código del Trabajo. Segundo: Que, de acuerdo a lo relacionado en el motivo décimo de la sentencia de nulidad, el despido del que fueron objeto los demandantes, con fecha 01 de enero de 2023, fue injustificado, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo, procede ordenar a la demandada el pago de las indemnizaciones contempladas en el artículo 163 inciso segundo, aumentada en un cincuenta por ciento.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en las normas citadas y las consignadas en el fallo que se reproduce se declara: I.- Que, SE RECHAZA, la denuncia de vulneración de derechos fundamentales, despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por don FELIPE ALBERTO BARRIENTOS CARDENAS¸ don HELIO ABIMELEC CARRASCO FRITZ, doña PATRICIA LILIANA SOTTOLICHIO SILVA, don EDUARDO ALBERTO TOLEDO LEGUE¸ doña ALEJANDRA MARIA CARDENAS ANDRADE, doña EDITH DEL CARMEN CARRILLO AMPUERO, doña NOELIA FABIOLA DEL CARMEN GARRIDO RIVERA y doña MARCELA VIVIANA TAPIA ALVAREZ, en contra de su ex empleador CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CASTRO PARA LA EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN AL MENOR, todos debidamente representados y previamente individualizados. II.- Que, SE ACOGE, parcialmente, la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones, deducida por don FELIPE ALBERTO BARRIENTOS CARDENAS¸ don HELIO ABIMELEC CARRASCO FRITZ, doña PATRICIA LILIANA SOTTOLICHIO SILVA, don EDUARDO ALBERTO TOLEDO LEGUE¸ doña ALEJANDRA MARIA CARDENAS ANDRADE, doña EDITH DEL CARMEN CARRILLO AMPUERO, doña NOELIA FABIOLA DEL CARMEN GARRIDO RIVERA y doña MARCELA VIVIANA TAPIA ALVAREZ, en contra de su ex empleador CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CASTRO PARA LA EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN AL MENOR, todos debidamente representados y previamente individualizados, por lo tanto, el despido sufrido por cada uno de los demandantes con fecha 1 de enero de 2023, es injustificado. III.- Que la demandada deber pagará a cada u
Texto Completo (Preview)
Sentencia de reemplazo: Puerto Montt, once de diciembre de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 482 del Código del Trabajo, se dicta a continuación y sin previa vista de la causa, la siguiente sentencia de reemplazo: Vistos: Se reproduce la sentencia anulada, con excepción del considerando undécimo, que se elimina. Y se tiene, además, presente: Primero: Que, la pa
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