YEIKO AUGUSTO CANIBILO NUNEZ /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL 2DO SEMESTRE 2024
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carlos Medina Zamora, defensor penal público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Yeiko Augusto Canibilo Núñez, cédula nacional de identidad N°16.306.959-8, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°485-2024, de 8 de octubre de 2024, mediante la cual se denegó la concesión del beneficio de libertad condicional, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de receptación y un castigo de 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el ilícito referido a portar elementos conocidamente destinados a cometer delito de robo, cuyo inicio fue el 15 de noviembre de 2023, previéndose el término de la condena para el 8 de julio de 2025. Señala que, a pesar de cumplir los requisitos, la Comisión de Libertad Condicional negó al amparado tal beneficio por considerar que no presenta conciencia del delito que permita demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, lo que se aleja completamente de los verdaderos avances que presenta en su proceso de reinserción de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N°321 y en el Decreto Supremo N°338. Refiere que no se tomó en consideración los avances que el amparado presenta de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto Ley N°321, los que constan en informe de postulación psicosocial. En efecto, en cuanto a la descripción del postulante, da cuenta que contaría con un nivel alto de reincidencia, motivado por la presencia de determinados factores de riesgo, principalmente pares, historia delictual, uso del tiempo libre, patrón antisocial y actitud/orientación procriminal. No obstante, destaca que tiene el apoyo de su pareja quien está dispuesta a brindarle contención, registrando visitas y entrega de encomiendas. Por otra parte, el mismo instrumento, en relación a las actividades de reinserción realizadas, refiere que ha cursado el primer nivel medio en el establecimiento Coresol, no existiendo ningún motivo ni antecedente que explique las razones de la falta de intervención, la que desde luego no puede interpretarse en perjuicio del amparado. Expresa que lo expuesto es refrendado en el informe de libertad condicional suscrito por la trabajadora social de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, de 3 de diciembre de 2024, el que confirma y da cuenta de idénticos factores favorables recogidos por el informe de postulación de Gendarmería, además de hacer referencia a la presencia de red de apoyo del condenado, quienes se encuentran dispuestos a apoyarlo en su proceso de reinserción social. Expone, asimismo, que la resolución administrativa que se reprocha es un acto arbitr
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de Yeiko Augusto Canibilo Núñez, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°489-2024 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Yeiko Augusto Canibilo Núñez Comisión de Libertad Condicional 2do semestre 2024 Recurso de amparo Rol N°489-2024 La Serena, once de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carlos Medina Zamora, defensor penal público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Yeiko Augusto Canibilo Núñez, cédula nacional de identida
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