LUIS SACHA NICOLAS MONARDEZ GUAJARDO /COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL 2DO SEMESTRE 2024
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carlos Medina Zamora, defensor penal público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Luis Sacha Nicolás Monárdez Guajardo, cédula nacional de identidad N°19.125.437-6, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°407-2024, de 10 de octubre de 2024, mediante la cual se denegó la concesión del beneficio de libertad condicional, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por los delitos de robo con intimidación, cuyo inicio fue el 14 de octubre de 2017, previéndose el término de la condena para el 8 de octubre de 2026. Señala que, a pesar de cumplir los requisitos, la Comisión de Libertad Condicional negó al amparado tal beneficio por considerar que no presenta conciencia del delito (sic) que permita demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, lo que se aleja completamente de los verdaderos avances que presenta en su proceso de reinserción de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N°321 y en el Decreto Supremo N°338. Refiere que no se tomó en consideración los avances que el amparado presenta de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto Ley N°321, los que constan en informe de postulación psicosocial. En efecto, en cuanto a la descripción del postulante, da cuenta que mantiene un nivel de riesgo de reincidencia mediano, habiendo experimentado un descenso en cuanto al subfactor “pareja” de mediano a bajo; y que existe presencia de la red de apoyo del sentenciado, compuesta por su madre y hermanos, contando todos ellos con ingresos provenientes de trabajos regulares. Por otra parte, el mismo instrumento, en relación a las actividades de reinserción realizadas, refiere que en el año 2022 cursó y finalizó exitosamente la enseñanza media y que ha abordado los factores de riesgo empleo, deficiente resolución de conflictos y uso del tiempo libre. Expresa que lo expuesto es refrendado en el informe de libertad condicional suscrito por la trabajadora social de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, de 21 de octubre de 2024, el que confirma y da cuenta de idénticos factores favorables recogidos por el informe de postulación de Gendarmería, además de hacer referencia a la presencia de red de apoyo del condenado, quienes se encuentran dispuestos a apoyarlo en su proceso de reinserción social. Expone, asimismo, que la resolución administrativa que se reprocha es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal del amparado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las leyes. En efecto, indica que el recurrente cumple los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto Ley N°321, por lo
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de Luis Sacha Nicolás Monárdez Guajardo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°487-2024 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Luis Sacha Nicolás Monárdez Guajardo Comisión de Libertad Condicional 2do semestre 2024 Recurso de amparo Rol N°487-2024.- La Serena, once de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carlos Medina Zamora, defensor penal público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Luis Sacha Nicolás Monárdez Guajardo, cédula na
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