SIN INFORMACION

JAMBON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparecen Óscar Andrés Fielbaum Villegas y Franco Aldo Brunetti Arredondo, abogados, en favor de Philippe James Jambon, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no dar respuesta final, a su solicitud de nacionalización, vulnerando con ello los numerales 1, 2, 9 inc. final, 16 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, por lo que solicita que se emita pronunciamiento por parte de la recurrida y se adopten las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho dentro de un plazo razonable que no exceda de 30 días hábiles. En cuanto a los antecedentes de hecho, la parte recurrente expone que inició su solicitud de nacionalización el 14 de mayo de 2018, cumpliendo con todos los requisitos legales, sin que dicha solicitud tenga una respuesta final, generando una constante incertidumbre y afectación, demorando más de 6 años en emitir pronunciamiento. En cuanto al derecho, sostienen que el plazo legal para pronunciarse por parte del órgano recurrido es de dentro de un plazo razonable, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente formalizado por acto administrativo fundado, en circunstancias que en este caso la demora ha sido injustificada. Segundo: Que, evacuando el informe solicitado, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo del recurso en todas sus partes, argumentando que ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado ese Servicio respecto de la solicitud de la recurrente. En cuanto a los hechos, la recurrida expone que se realizó la solicitud de la carta de nacionalización por el extranjero el 7 de septiembre de 2018, mediante carta certificada por correos de Chile y no existen otras solicitudes respecto a esa materia. Consta de fecha 15 de mayo de 2019, que a través de Oficio ordinario N°49.537, notificada en calle Guafo N°1990, comuna de San

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en al Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Philippe James Jambon. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y, en su oportunidad archívese. Protección-19852-2024

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparecen Óscar Andrés Fielbaum Villegas y Franco Aldo Brunetti Arredondo, abogados, en favor de Philippe James Jambon, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitrar

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