SIN INFORMACION

SEPÚLVEDA/GONZÁLEZ

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, desde que se trata de hechos que dicen relación con causa judicializada rol C-1407-2022 del Segundo Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, donde se designó juez partidor al recurrido Emilio Antonio González Corante, respecto de la partición del inmueble ubicado en calle 14 de Febrero N°2721 y en concreto se invoca como acto arbitrario e ilegal la actuación que desde el punto de vista disciplinario ha desplegado el juez arbitro en relación al vencimiento del plazo legal para el cumplimiento del encargo, cuestión que excede los fines cautelares de esta acción constitucional y que deviene en su inadmisibilidad. Por estas consideraciones, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido por el abogado Josué Daniel López Guerra en representación de Hernán Misael de Jesús Sepúlveda González, en contra de Emilio Antonio González Corante (Juez Partidor). Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza de los hechos que se imputan al juez árbitro en cuestión, remítanse los antecedentes al Pleno de esta Corte de Apelaciones para los fines que haya lugar. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 2359-2024 (PROTECCIÓN)

Fallo

Por estas consideraciones, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido por el abogado Josué Daniel López Guerra en representación de Hernán Misael de Jesús Sepúlveda González, en contra de Emilio Antonio González Corante (Juez Partidor). Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza de los hechos que se imputan al juez árbitro en cuestión, remítanse los antecedentes al Pleno de esta Corte de Apelaciones para los fines que haya lugar. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 2359-2024 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

aps// Antofagasta, a doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, desde que se trata de hechos que dicen relación con causa judicializada rol C-1407-2022 del Segundo Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, donde se designó juez partidor al

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