SIN INFORMACION

ROJAS GOMEZ BRYAN PATRICIO / DIRECCCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rol

Fecha

11 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece vía formulario Carola Viviana Gómez López e interpone acción constitucional de amparo en favor de su hijo Bryan Patricio Rojas Gómez en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado se encuentra privado de libertad, en circunstancias que su pena ya está cumplida hace 6 meses, aún se encuentra esperando el decreto y teme por su vida dentro del penal, situación que vulnera su libertad personal. Segundo: Que, informando el presente recurso el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitó el rechazo del mismo. Tras dar cuenta del marco regulatorio del beneficio de reducción de condena, precisa que si bien cumple con los requisitos para postular al beneficio y ha sido calificado favorablemente, su postulación aún no ha sido remitida a la División de Reinserción Social del Ministerio. Según lo informado por el C.D.P. Santiago Sur, la elaboración del expediente se encuentra en curso, lo que implica que el proceso administrativo aún no ha sido completado. En consecuencia, el beneficio no puede ser reconocido mientras no se cumplan los trámites establecidos en el artículo 69 del Reglamento. Tercero: Informó además Gendarmería de Chile, dando cuenta que el señor Rojas calificó para ser postulado al beneficio de reducción de condena y que con fecha 3 de diciembre de 2024, recepcionado al día siguiente, se remitió todos los antecedentes al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, siendo esta repartición pública la encargada de dictar el decreto respectivo de aprobación formal del mismo. Cuarto: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Bryan Patricio Rojas Gómez y en contra de Gendarmería de Chile, solo en cuanto se ordena a la recurrida a remitir en forma inmediata los antecedentes al Ministerio de Justicia y Derechos humanos, a fin de que dicha entidad, dentro de un plazo breve y razonable, dicte el correspondiente acto terminal que se pronuncie sobre la reducción de condena. Comuníquese lo resuelto a la recurrida en forma urgente por parte de la Secretaría de la Corte, debiendo Gendarmería informar oportunamente del cumplimiento de lo precedentemente ordenado. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-3590-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece vía formulario Carola Viviana Gómez López e interpone acción constitucional de amparo en favor de su hijo Bryan Patricio Rojas Gómez en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado se encuentra privado de libertad, en circunstancias que su pena ya está cumplida hace

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica