/SILVA
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
LIQUIDACIÓN SIMPLIFICADA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que conforme con la especialísima regulación del recurso de apelación en materia concursal, este procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley N° 20.720 señale de forma expresa. 2° Que en el caso, la resolución recurrida, no se encuentra en la hipótesis prevista precedentemente, pues la citada ley no consagra de forma expresa la procedencia del recurso de apelación a su respecto, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el Tesorería General de la República el uno de octubre de dos mil veinticuatro (folio N° 7), en contra de la resolución de veintisiete de septiembre del mismo año (folio N° 6 -cuaderno de incidente general). Comuníquese. N°Civil-19053-2024.mst
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el Tesorería General de la República el uno de octubre de dos mil veinticuatro (folio N° 7), en contra de la resolución de veintisiete de septiembre del mismo año (folio N° 6 -cuaderno de incidente general). Comuníquese. N°Civil-19053-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que conforme con la especialísima regulación del recurso de apelación en materia concursal, este procede únicamente en contra de aquellas resoluciones que la Ley N° 20.720 señale de forma expresa. 2° Que en el caso, la resolución recurrida, no se encuentra en la hipótesis prevista precedentemente,
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