DÍAZ/VALENZUELA
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º) Pedro Muñoz Hernández, abogado, en representación de Sandra Ivonne González Salas, trabajadora dependiente, Rodrigo Marcelo Díaz Jiménez, empleado, Marcela Elisa Salgado Herrera, dueña de casa, Esteban Jese González Salas, comerciante, Abraham Mora Ávalos, trabajador dependiente, Hector Moya Núñez, independiente, Marcela Díaz Farfán, independiente, todos domiciliados en la comuna de Los Lagos, deduce recurso de protección en contra de Vanessa Priscila Rebolledo Delanoe, dueña de casa, y Francisco Javier Valenzuela Aguayo, empresario, ambos domiciliados en la comuna de Quilicura, quienes habrían cerrado el camino de servidumbre que conecta los predios de los recurrentes con el camino vecinal, vulnerando sus garantías de igualdad ante la ley y propiedad, contempladas en los numerales 2º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que los recurrentes son dueños los lotes colindantes en el sector un sector rural denominado Pancul de la comuna de Los Lagos, con alta presencia de bosque nativo, escarpados de cerro y de no muy fácil acceso. Sostiene que la referida servidumbre está inscrita desde 1987 y se encuentra en el predio de dominio de los recurridos, en un tramo de 380 metros por 8 metros de ancho, constituyendo una superficie total de 3.040 metros cuadrados, en beneficio de los predios de los recurrentes. Termina solicitando que se ordene la apertura inmediata del portón, el retiro de la reja perimetral y la habilitación del camino a su estado original, retirando todo elemento que obstruya maliciosamente el paso de los recurrentes y sus familias, permitiendo a los recurrentes transitar por dicho camino sin turbación y molestia, con expresa condena en costas. 2º) Informaron los recurridos, solicitando el rechazo del recurso. Señalan que, debido a que por el camino originalmente establecido transitaban desconocidos que invadían su seguridad y dejaban el cerco abierto durante las noches, decidió cerra
Fallo
Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Pedro Muñoz Hernández, por sus representados, en contra de Vanessa Priscila Rebolledo Delanoey Francisco Javier Valenzuela Aguayo, quienes deberán permitir el uso a los recurrentes del sector del camino que ha sido objeto de este recurso, desinstalando el portón y reja o facilitando los medios para su expedita apertura, dentro de quinto día. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2671-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1º) Pedro Muñoz Hernández, abogado, en representación de Sandra Ivonne González Salas, trabajadora dependiente, Rodrigo Marcelo Díaz Jiménez, empleado, Marcela Elisa Salgado Herrera, dueña de casa, Esteban Jese González Salas, comerciante, Abraham Mora Ávalos, trabajador dependiente, Hector Moya Núñe
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