FRANCISCO CABALLERO PENNA / ERWIN CONN TESCHE Y OTROS
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
APROBADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo previsto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se aprueba la resolución consultada de cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro, escrita a fojas 290, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria en causas de Derechos Humanos, don Max Cancino Cancino, que otorga la libertad provisional bajo fianza regulada en la suma de cien mil pesos ($100.000), al procesado Erwin Conn Tesche. Acordada con el voto en contra de la Ministra doña Nancy Aurora Bluck Bahamondes, quien fue de opinión de revocar la resolución consultada, teniendo para ello presente: 1°) Que, en la especie, el imputado lo es por crímenes de lesa humanidad, mismos que son imprescriptibles y, además, cumple con casi la totalidad de los criterios que la norma trascrita señala para estimar que, efectivamente, la libertad del procesado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. 2°) Que, la sola circunstancia de haber ocurrido los hechos hace más de cuarenta años, lejos de constituir un obstáculo para decretar la prisión preventiva, constituye demostración fehaciente que ha existido renuencia a colaborar con los procesos y arribar al descubrimiento de la verdad en los delitos investigados. Asimismo, la edad del encartado, y en este caso y por sí solo, no es un elemento que haga variar lo señalado. Dese inmediata orden de libertad si no estuviere privado de ésta por otra causa, comunicándose por la vía más rápida. Notifíquese y devuélvanse. Nº Penal-3523-2024.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo previsto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se aprueba la resolución consultada de cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro, escrita a fojas 290, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria en causas de Derechos Humanos, don
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