MENESES CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE RANCAGUA
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, con fecha 26 de abril del año en curso, comparece don Claudio Meneses Yañez, Fiscal Adjunto Jefe de Rancagua, en causa RIT 8180-2023, tramitada ante el Juzgado de Garantía de Rancagua, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 25 de noviembre de 2024, que deniega el recurso de apelación verbal interpuesto en audiencia por el Ministerio Público. Funda su recurso en que en la fecha referida, se realizó audiencia de revisión de internación provisoria, respecto de Renato Ignacio Riquelme Molina, quien se encuentra formalizado como co-autor por el delito de homicidio simple, modificándose la referida medida cautelar por el arresto domicilio total del imputado. En contra de aquella resolución, al tenor de lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se interpuso de manera verbal recurso de apelación, resolviéndose por el Tribunal, declarar inadmisible el recurso deducido. Hace presente que la apelación verbal es procedente, toda vez que el artículo 27 de la Ley 20.084, hace remisión expresa a la aplicación supletoria de las normas del Código Procesal Penal, siendo, en consecuencia, aplicable la norma del artículo 149 del cuerpo legal mencionado, por cuanto la ley en comento carece de un régimen de recursos procesales. Pide en definitiva se decrete que procede el recurso de apelación interpuesto verbalmente por el Ministerio Público con fecha 25 de noviembre de 2024. 2.- Que, evacuando el informe requerido, comparece doña Paz Reyes Moreno, jueza del Juzgado de Garantía de Rancagua, quien refiere que se estima inadmisible el recurso, por cuanto la norma del artículo 149 sólo se refiere a la prisión preventiva y no a la internación provisoria, debiendo considerarse que las medidas cautelares personales deben interpretarse de manera restrictiva, por lo que no puede extenderse la prisión preventiva que se refiere el artículo 149 del Código Procesal Penal a la internación provisoria que regla l
Fundamentos
fundamentos de la jueza de garantía para no conceder la apelación. Comuníquese, adjuntando copia de esta sentencia, a fin que el juez recurrido disponga la remisión de los antecedentes necesarios para conocer del aludido recurso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 1919-2024 Hecho-Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 369 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho deducido por el Ministerio Público y, en consecuencia, se concede el recurso de apelación verbal deducido por éste con fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de igual fecha, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 8180-2023, que revocó la internación provisoria del imputado por el arresto domiciliario total. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro suplente Sr. Castro, quien estuvo por rechazar el recurso de hecho, por compartir los fundamentos de la jueza de garantía para no conceder la apelación. Comuníquese, adjuntando copia de esta sentencia, a fin que el juez recurrido disponga la remisión de los antecedentes necesarios para conocer del aludido recurso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 1919-2024 Hecho-Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, con fecha 26 de abril del año en curso, comparece don Claudio Meneses Yañez, Fiscal Adjunto Jefe de Rancagua, en causa RIT 8180-2023, tramitada ante el Juzgado de Garantía de Rancagua, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 25 de noviembre de 2024, que deniega
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