JUAN YUS ARANCIBIA/ JUZGADO POLICIA LOCAL DE SAN FELIPE
Rol
Fecha
11 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 se recurre de amparo en favor de JUAN CARLOS YUZ ARANCIBIA, gerente de tienda San Felipe de Hipermercadso Tottus S.A., y en contra del Sr. Juez de Policía Local de San Felipe, don Jaime Lepe Fernández, por el acto que estima ilegal consistente en despachar una orden de arresto en su contra, en la causa Rol 1875-2023, sobre infracción a la normativa de Seguridad privada, por la que se le impone una multa casi 15 millones de pesos (45 IMM), que fuera notificada en un domicilio errado del amparado. Señala que dicha medida se adoptó en un procedimiento viciado en el cual se ordena como pena sustitutiva una orden de reclusión en contra del actor lo que amenaza su libertad personal. Pide por el recurso que se deje sin efecto la orden de reclusión despachada en la causa aludida. A folio 4 cumpliendo con el informe requerido, se acompañan copias íntegras del expediente en que se despachó la medida de apremio. A folio 5 se trajeron estos autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela de la libertad personal y seguridad individual, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. En conformidad a lo anterior, para que pueda prosperar, se requiere de la existencia de una vía de hecho o de un acto contrario al ordenamiento jurídico que perturbe la libertad personal o la seguridad individual, lo que se puede producir en caso de actuaciones emanadas de un órgano incompetente, manifiestamente ilegales o efectuadas con infracción a las formalidades legales, debiendo en tal caso restablecerse el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, como lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Segundo: Que por esta vía se reclama por la orden de arresto despachada contra el amparado con fecha 1° de octubre de 2024 en los autos Rol 1875-2023 seguidos ante el Juzgado de Policía Local de San Felipe. Tercero: Que, del examen de los antecedentes que obran en el recurso, en especial de la revisión del expediente digitalizado e incorporado por el recurrido, con fecha 9 de diciembre pasado, el Juzgado recurrido, advirtiendo un error en la resolución, ordenó dejarla sin efecto junto con la orden de arresto decretada contra el actor, de manera que el supuesto fáctico en que descansa el presente arbitrio ha desaparecido, por lo que éste será desestimado por haber perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de JUAN CARLOS YUZ ARANCIBIA en contra del Juzgado Policía Local de San Felipe. N°Amparo-3052-2024. En Valparaíso, once de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 se recurre de amparo en favor de JUAN CARLOS YUZ ARANCIBIA, gerente de tienda San Felipe de Hipermercadso Tottus S.A., y en contra del Sr. Juez de Policía Local de San Felipe, don Jaime Lepe Fernández, por el acto que estima ilegal consistente en despachar una orden de arresto en su contra, en la causa
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