CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./CISTERNAS
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos y, teniendo únicamente presente que, el artículo 465 del Código de Procedimiento Civil no contempla apercibimiento ni sanción alguna para el evento de que la parte ejecutada, al momento de oponer excepciones a la ejecución, no señale los medios de prueba de los cuales se valdrá para acreditarlas; sin perjuicio de lo que ello pueda significar si es que se pretende rendir prueba posteriormente y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de fecha diez de octubre de dos mil veinticuatro, dictada en causa ROL C-3362-2024 del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta y, en su lugar, se declara que el juez del grado deberá acoger a tramitación las excepciones opuestas por la parte ejecutada a folio N°11 del cuaderno principal. Regístrese y comuníquese. Rol 1238-2024 (CIV)
Fallo
se declara que el juez del grado deberá acoger a tramitación las excepciones opuestas por la parte ejecutada a folio N°11 del cuaderno principal. Regístrese y comuníquese. Rol 1238-2024 (CIV)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a diez de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos y, teniendo únicamente presente que, el artículo 465 del Código de Procedimiento Civil no contempla apercibimiento ni sanción alguna para el evento de que la parte ejecutada, al momento de oponer excepciones a la ejecución, no señale los medios de prueba de los cuales se val
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