BANCO DE CHILE/CÁRCAMO
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, teniendo presente que la demandante acompañó los documentos que dan cuenta del pagaré fundante de la acción ejecutiva, de igual modo acompañó copia autorizada de la Hoja de Firma del Contrato Unificado de Productos de Personas y Copia del Contrato Unificado de Personas, lo que resulta suficiente para el examen previsto en el artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, y al mismo tiempo, la exigencia formulada por el tribunal corresponde a un asunto de fondo que deberá ser discutido y resuelto en la oportunidad procesal respectiva, en el evento de una eventual oposicióń de excepciones, y de conformidad a lo establecido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil; se revoca, sin costas, la resolución apelada de fecha ocho de agosto del año en curso, escrita a folio 11 del cuaderno principal, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas, y en su lugar, se ordena al Tribunal a quo proveer la demanda como en derecho corresponda. Redacción a cargo del Ministro suplente don Francisco del Campo Toledo. No firma el Presidente don Patricio Rondini Fernández-Dávila, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse en comisión de servicio. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N° 1138-2024
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, teniendo presente que la demandante acompañó los documentos que dan cuenta del pagaré fundante de la acción ejecutiva, de igual modo acompañó copia autorizada de la Hoja de Firma del Contrato Unificado de Productos de Personas y Copia del Contrato Unificado
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