2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

CASTRO/2° JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Jaime Retamal Torres, en representación de Maritza Castro Videla, tercera interesada, en los autos rol C-369-2024, seguidos ante el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, por término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en procedimiento monitorio, recurre de hecho en contra de la resolución de 25 de octubre de 2024 que no admitió a tramitación, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto, a su vez, en contra de aquella que rechazó la oposición al cumplimiento de la sentencia. Sostiene que su representada es un tercero en la causa en contra de la cual se ha solicitado el cumplimiento de la sentencia dictada en contra de su cónyuge, quien se encuentra fuera del país desde antes del inicio del juicio. Afirma que ante el fraude procesal que funda el proceso, formuló oposición al cumplimiento del fallo, conforme lo autoriza el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, el que fue rechazado por el tribunal recurrido el pasado 17 de octubre, estimando que por la naturaleza monitoria del proceso incoado, dicha incidencia resultaba improcedente. En contra de la referida decisión, el 21 de octubre apeló, recurso que fue rechazado el día 25 del mismo mes, por estimar el tribunal que, sin perjuicio de no ser parte en el proceso, resultaba improcedente atendido lo dispuesto en el artículo 18.J de la Ley 18.101. Estima que el recurso de apelación interpuesto es admisible, en primer lugar, porque cumple con todos los requisitos legales sin que el tribunal a quo pueda pronunciarse sobre el fondo de este, ya que al momento de dictar la resolución apelada ha operado el desasimiento. En segundo lugar, estima que la admisibilidad del arbitrio procesal incoado viene dada por lo establecido en el artículo 188 del código adjetivo, por cuanto se trata de una sentencia interlocutoria que rechazó un incidente. En efecto, el tribunal rechaza la interposición del recurso por no ser parte del juicio olvidando que

Fallo

fallo del arbitrio incoado. Segundo: Que informó al tenor del recurso don Gonzalo Neira Campos, Juez Suplente del Segundo Juzgado Civil de San Miguel, señalando que el proceso sobre el cual versa el asunto es un juicio de cobro de rentas en juicio monitorio, en los que la actora, tercera interesada, interpuso un recurso de apelación en contra de la resolución que rechazó su solicitud de oposición al cumplimiento del fallo. Añade que dicho arbitrio procesal fue rechazado por improcedente el pasado 25 de octubre. Indica que el legislador ha establecido un régimen restrictivo de recursos en los procedimientos regulados por la Ley 18.101, las que se han ampliado con ocasión de las modificaciones introducidas por la Ley 21.461 al regular el procedimiento monitorio, específicamente el artículo 18-J que señala: “En el procedimiento monitorio solo será apelable, en el solo efecto devolutivo, la resolución que se pronuncie respecto de la oposición del deudor”. Finalmente indica, que sin perjuicio de los antecedentes que puedan sustentar la solicitud del recurrente, el tribunal no puede desconocer el tenor literal de las normas reguladoras de la controversia, y no siendo impugnable la resolución dictada el 17 de octubre del año en curso a través del recurso de apelación, procedió a su rechazo. Tercero: Que, el recurso de hecho se dedujo en contra de la resolución de 25 de octubre del año en curso, por medio de la cual se rechazó el recurso de apelación interpuesto en contra de aque

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó por el recurso el postulante Cristian Hernández López. San Miguel, 10 de diciembre de 2024. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Al folio 10: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Jaime Retamal Torres, en representación de Maritza Castro Videla, tercera interesada, en los autos rol C-369-202

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica