SIN INFORMACION

CEDEÑO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA)

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece ante esta Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Oswaldo José Cedeño Castillo, ciudadano venezolano, deduciendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo transcurrido sin pronunciarse respecto de la solicitud de nacionalización del protegido, presentada el 21 de noviembre de 2023, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, razón por la que solicita que acogiéndose el presente recurso se ordene al servicio recurrido dar curso al procedimiento administrativo en el más breve plazo, dictando el acto terminal que lo resuelva. SEGUNDO: Que don Antonio Beltrán Henríquez, evacuando informe por el Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita el rechazo en todas sus partes de la presente acción de protección, dado que estima que carece de oportunidad y eficacia al ya haberse pronunciado ese Servicio respecto de la solicitud de la recurrente. Expresa el historial migratorio de la recurrente, indicando que cuenta con permanencia definitiva vigente, y a partir de lo cual consta que solicitó con fecha 22 de noviembre de 2023 la carta de nacionalización bajo el ID Nº 68573742. Al respecto, señala el 17 de octubre del año en curso se encuentra en etapa de “Primer Análisis”. Dicho aquello, argumenta que el recurrente mantiene una situación migratoria regular en el país, al contar con un permiso de permanencia definitiva vigente. Asimismo, sostiene que la carta de nacionalización es una concesión constitucional otorgada por el Estado de Chile como una gracia, en razón del mérito de quien la solicita. Expone que su competencia respecto de la solicitud de carta de nacionalización se limita a la tramitación de la misma, no extendiéndose a su resolución, conforme al artículo 157 N° 8 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranje

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Oswaldo José Cedeño Castillo y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-20664-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece ante esta Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Oswaldo José Cedeño Castillo, ciudadano venezolano, deduciendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo tran

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