JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ JUAN CARLOS CONTRERAS TAPIA (QTES. JUAN CARLOS CONTRERAS TAPIA Y NOELIA LORENA SANTANDER SAN MARTIN)

Rol

Fecha

10 de diciembre de 2024

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes expuestos, la irreprochable conducta anterior que detenta el imputado, el tiempo transcurrido y las circunstancias que rodean el hecho investigado y lo establecido en el inciso 2° de la letra a) del N°3 del artículo 22 del Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile N°11, aparece que la necesidad de cautela y los fines del procedimiento, se ven suficientemente satisfechas con la medida cautelar que se dirá en lo resolutivo. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de dos de diciembre en curso, dictada en los autos RIT 161-2023 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo respecto de Juan Carlos Contreras Tapia las medidas cautelares previstas en las letras a) y d) del artículo 155 del código referido y, en su lugar, se declara que se sustituye el arresto domiciliario a la modalidad de nocturno desde las 22.00 a las 06.00 horas, manteniéndose vigente la mencionada en la letra d), debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4251-2024 Penal

Fallo

se declara que se sustituye el arresto domiciliario a la modalidad de nocturno desde las 22.00 a las 06.00 horas, manteniéndose vigente la mencionada en la letra d), debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4251-2024 Penal

Texto Completo (Preview)

Fecha: a diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 4251-2024 RIT: 161-2023 Ruc: 2300026237-4 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Carolina Cordero Jara Abogado asesor del Ministerio Público: Rodrigo Peña Briceño Defensor penal privado: Miguel Fernández Contreras Imputado: Juan Carlos Contreras Tapia Querellantes: Juan Carlos Contreras Tapia y Noelia

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