A.F.P. CAPITAL S.A. / JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO (A LA VISTA I.C. N° 3790-2024)
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Alicia Soto Santaella, apoderada de la parte ejecutante en la causa RIT P-25850-2023 seguida ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, y deduce recurso de hecho contra la resolución de veintinueve de octubre del año en curso que declaró admisible el recurso de apelación interpuesto por la ejecutada contra la providencia que rechazó su petición de dejar sin efecto la orden de arresto decretada en su contra. Argumenta que la ejecutada dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio contra la resolución de 22 de octubre último que rechazó la solicitud de alzamiento de la orden de arresto decretada en su contra. Añade que el 29 del mismo mes y año el tribunal a quo rechazó la reposición interpuesta y concedió el recurso de apelación subsidiario en el solo efecto devolutivo, ordenando elevar los autos a esta Corte vía interconexión. Sostiene que la apelación concedida es improcedente, por cuanto conforme inciso primero del artículo 8° de la Ley N° 17.322 el recurso de apelación en el procedimiento de cobranza previsional sólo procede contra la sentencia definitiva de primera instancia, contra la resolución que declare negligencia en el cobro señalada en el artículo 4° bis y contra la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis, ninguna de las cuales corresponde a la resolución impugnada. Asimismo, alega que el inciso tercero del artículo 12 de la misma ley establece expresamente que las resoluciones que decreten el apremio de arresto del empleador por no pago de cotizaciones previsionales son inapelables, citando además diversos fallos de esta Corte que desde el año 2014 han declarado inadmisibles apelaciones respecto de resoluciones de naturaleza diferente a las señaladas en el artículo 8° de la ley citada. Segundo: Que el procedimiento en que incide el presente recurso de hecho en uno de cobranza de cotizaciones previsionales, que se rige por la Le
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 196 de Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por la abogada Alicia Soto Santaella, apoderada de la parte ejecutante en la causa RIT P-25850-2023 seguida ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, y, en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutada contra la resolución de veintidós de octubre último dictada en el referido proceso. Déjese copia de la presente sentencia en el Ingreso Corte Nº 3790-2024. Regístrese y archívese. Laboral - Cobranza- N°4032-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Alicia Soto Santaella, apoderada de la parte ejecutante en la causa RIT P-25850-2023 seguida ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, y deduce recurso de hecho contra la resolución de veintinueve de octubre del año en curso que declaró admisible
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