SEPÚLVEDA/MUÑOZ
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la resolución en alzada con excepción de su
Fundamentos
considerando séptimo, el que se elimina y se tiene, además, presente: Que el demandado Marco Antonio Ortiz Urrutia se encuentra representado por la Corporación de Asistencia Judicial, por lo que goza de privilegio de pobreza, de acuerdo a lo establecido en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, debiendo, en consecuencia, ser liberado del pago de las costas de la causa y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 129 a 137, 160 y 186 del Código de Procedimiento Civil y en los artículos 591 a 602 del Código Orgánico de Tribunales; SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución de diecisiete de septiembre de mil veinticuatro, contenida en el folio 5, del cuaderno de abandono de procedimiento, en cuanto condenó en costas de la primera instancia al demandado, quien queda liberado del pago de las mismas. SE CONFIRMA en lo demás apelado la referida resolución Devuélvase. N°Civil-2790-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCA/mfv Concepción, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la resolución en alzada con excepción de su considerando séptimo, el que se elimina y se tiene, además, presente: Que el demandado Marco Antonio Ortiz Urrutia se encuentra representado por la Corporación de Asistencia Judicial, por lo que goza de privilegio de pobreza, de acuerdo a lo establecido
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