MP C/ CARLOS SEBASTIAN POVEDA CASTRO
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se advierte que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual ha sido formalizado, la pena asignada al mismo y eventual forma de cumplimiento, el incumplimiento reiterado de las medidas cautelares de menor intensidad dispuestas de manera previa, y condena anterior por delito de la misma especie en causa RIT 8556-2023 del mismo Tribunal. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha tres de diciembre del año en curso, dictada por don Juan Carlos Orellana Venegas, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el imputado CARLOS SEBASTIÁN POVEDA CASTRO. Notifíquese y devuélvase. Rol Penal 1580-2024-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desp
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