MINISTERIO PUBLICO C/ JOSE ALEJANDRO TORRES VERGARA
Rol
Fecha
10 de diciembre de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, la defensa se alza en apelación en contra de sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán, con fecha 22 de noviembre último, que impuso a José Alejandro Torres Vergara, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de robo con violencia, sin acceder a la pena sustitutiva solicitada, por registrar una condena previa por el delito previsto en el artículo 318 del Código Penal. Añade que la pena impuesta anteriormente es de multa, de manera que, debe estarse a ella para determinar la procedencia de la pena sustitutiva requerida. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la sentencia apelada, por cuanto, conforme al artículo 15 bis de la ley 18.216, no se cumple el requisito de no haber sido condenado anteriormente por crimen o simple delito. Añade que esta Corte, en últimos fallos, ha señalado que la interpretación correcta respecto de esta materia dice relación con la pena en abstracto determinada para el ilícito. 3°.- Que, no resulta discutido que Torres Vergara fue condenado, previamente el 08 de septiembre de 2020 por el delito previsto en el artículo 318 del Código Penal, aplicándosele en esa oportunidad una pena de multa, lo que no hace variar su calidad de simple delito conforme a la clasificación que el mismo cuerpo legal realiza en su artículo 21. 4° Que, en consecuencia, Torres Vergara no cumple con los requisitos establecidos en los artículos 15 N°1 de la ley 18.216 y 15 bis del mismo cuerpo legal, para optar a la pena sustitutiva solicitada, esto es, no haber sido condenado previamente por crimen o simple delito. Por lo anteriormente expuesto, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 y 15 de la Ley 18.216, y 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la sentencia de fecha 22 de noviembre de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin per
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán. GIP/ Chillán, diez de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, la defensa se alza en apelación en contra de sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán, con fecha 22 de noviembre último, que impuso a José Alejandro Torres Vergara, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de robo con violencia, sin
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