1º JUZGADO CIVIL DE CHILLAN

GUÍÑEZ/FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del

Fundamentos

considerando décimo primero y del párrafo segundo del considerando décimo tercero, que se eliminan, y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que el abogado Claudio Arrepol Escobar, en representación de la demandante, doña María Isabel Guiñez Herrera, interpone recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de primera instancia que rechazó la demanda en todas sus partes. Refiere que la demanda se funda en el contrato de prestación de servicios de transporte de materiales pétreos que su representada prestó entre los meses de abril de 2014 hasta enero de 2015 a la empresa Maquinarias Copahue Ltda., que era subcontratista de la empresa Sacyr S. A., la que a su vez era la empresa contratista de la concesionaria Valles del Bío Bío S. A., para el mejoramiento de la ruta Cabrero Concepción, siendo su contraparte el Fisco de Chile en virtud del contrato de Concesión de Obra Pública que se celebró entre ambas al amparo de la Ley de Concesiones de Obra Pública contenida en el D. S. Nº 900/1996/MOP, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado Del D. F. L. MOP N° 164, de 1991. Señala, en síntesis, que Maquinarias Copahue Ltda. pagaba a la demandante a los 60 días de facturación, por lo que ésta se vio en la necesidad de factorizar dichos documentos con la empresa Progreso S.A., mediante contrato suscrito con fecha 16 de Septiembre de 2014, ante el Notario Público de Chillán don Luis Eduardo Álvarez Díaz; que Maquinarias Copahue Ltda. no dio cumplimiento al contrato suscrito con la demandante, adeudando las facturas correspondientes a los meses de Noviembre - Diciembre de 2014, y Enero - Febrero de 2015; que tales incumplimientos generaron para su representada una deuda con el factoring Progreso S.A., que debió respaldar con cheques personales para seguir operando su negocio; que no le fue posible cubrir todos los vencimientos; que el factoring presentó a cobro todos los cheques, los que resultaron protestados, iniciándose gestión preparatoria de notificación de protesto de cheques ante el 2° Juzgado Civil de Chillán; que dichos protestos fueron enviados a los registros públicos, lo que le cerró todas las puertas para acceder a financiamiento y seguir con su empresa y que debió vender su casa, entre otras medidas que fueron en directa disminución de su patrimonio. Ante tal situación, su parte interpuso demanda de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios en contra de: a) sociedad Maquinarias Copahue Ltda, como demandada principal; y en contra de b) SACYR Chile S.A; y, c) Sociedad Concesionaria Valles Del Biobío S.A., respecto de su responsabilidad extracontractual; y, d) Fisco de Chile, respecto de su responsabilidad extracontractual derivada de su falta de servicios. Indica que la sentencia definitiva de 27 de octubre de 2022, luego de analizar la procedencia de la acción en contra de la empresa Maquinarias Copahue Ltda., radicando el conflicto en el incumplimiento contractual en el que incurrió Maquinarias Cop

Fallo

se acuerda celebrar entre ellas. En el contrato convienen que el cliente venda, ceda y transfiera a Servicios Financieros Progreso S.A. en conformidad a las normas del artículo 1901 del Código Civil y artículo 162, 163 y 164 del Código de Comercio y demás disposiciones legales que fueran aplicables según la naturaleza del crédito cedido, o del documento en que conste la deuda, los créditos derivados de facturas y de otros documentos de crédito o mercantiles, por ventas de mercaderías o prestaciones de servicio de su giro, con pago a plazo que tenga en contra de sus deudores, individualizados en los contratos de cesión de crédito que se suscriban, en su caso, entre las partes, créditos que deberán reunir los requisitos señalados en la cláusula cuarta del mismo instrumento. 2.- Copia de informe Equifax Sra. María Guíñez de protestos de cheques. Da cuenta del detalle de los documentos impagos registrados por doña María Isabel Guíñez Herrera, cuyo resumen de protestos y morosidades impagas, incluyendo boletín laboral, registra un monto total de $ 18.088.000 al 6 de diciembre de 2016. 3.- Copia de Ord. Nº 936, de fecha 16.08.2016, del Inspector Fiscal de la obra Concesión Concepción-Cabrero al gerente general de SACYR Concesiones S.A. que remite reclamo formulado por la Sra. María Isabel Guíñez Herrera, en contra de Maquinarias Copahue Ltda. solicitando que se traslade el recamo a esta última empresa. 4.- Copia de carta de fecha 16 de junio de 2016, suscrita por María Isabel Guí

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Chillán, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del considerando décimo primero y del párrafo segundo del considerando décimo tercero, que se eliminan, y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que el abogado Claudio Arrepol Escobar, en representación de la demandante, doña María Isabel Guiñez Herrera, interpone recurso de ape

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