SCHWAGER SERVICE S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADO CON COSTAS
Hechos
VISTOS: Con fecha 3 de diciembre de 2024 en causa RUC 24- 4-0549598-4, RIT I-28-2024, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, ante la Segunda Sala, integrada por los ministros titulares Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de nulidad deducido por el abogado Sebastián Alfaro Aravena, en representación de la reclamante Schwager Service S.A., en contra de la sentencia de fecha 28 de agosto de 2024, que rechazó la reclamación de multa. Comparecieron a estrados los abogados Sebastián Alfaro Aravena, por el recurso, y Carolina Vargas Herrera, contra el recurso, quedando sus alegatos registrados y la causa en acuerdo. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que la reclamante Schwager Service S.A., recurre de nulidad contra de la sentencia dictada en procedimiento de reclamación de multa el 28 de agosto de 2024 por la jueza suplente del Juzgado de Letras de Trabajo de Antofagasta en causa RUC 24-4-0549598-4, RIT I-28-2024, pidiendo que se anule la sentencia recurrida y dicte
Fallo
fallo de reemplazo que acoja la reclamación de multa rebajándola. Invoca, en primer término, la causal de invalidación contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, “cuando en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales”. Al respecto señala una primera manifestación de infracción al debido proceso. Sostiene que el sentenciador infringió sustancialmente los derechos fundamentales de la reclamante al confirmar la forma en que se impuso al empleador una sanción excesivamente onerosa, carente de fundamentos y, en consecuencia, desproporcionada, manteniendo la multa, sin acceder a ningún tipo de rebaja. Argumenta que, en la dictación del fallo se ha atentado contra el principio de proporcionalidad de las sanciones administrativas, al mantener la multa, habiéndose intentado fundamentar aquello en las instrucciones dispuestas por la propia reclamada. Con ello se ha vulnerado la garantía del debido proceso establecida en el inciso sexto del artículo 19 número 3 de la Constitución Política de la República. Sobre este punto hace presente que el Derecho Administrativo Sancionador no se encuentra exento de respetar el marco de garantías que implica el debido proceso conforme al artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República, recién referido. Lo anterior, conociendo del recurso, en tanto que se trata de infracciones de escasa o mínima gravedad, pues la remuneración (bonos y aguinald
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 3 de diciembre de 2024 en causa RUC 24- 4-0549598-4, RIT I-28-2024, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, ante la Segunda Sala, integrada por los ministros titulares Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso
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