BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MANSILLA
Rol
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, estimándose que el bien indicado por la ejecutante responde a las facultades que establece el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, el cual no impone restricciones a la designación de ellos de acuerdo a su naturaleza u orden de prelación, asistiéndole, además, el derecho de prenda general a la recurrente de acuerdo con lo establecido en el artículo 2465 del Código Civil, pudiendo en todo caso, la parte ejecutada, en su oportunidad, solicitar la sustitución del embargo en cuestión, más aún tomando en consideración que si bien a folio 10 se accedió a la traba de embargo respecto a un bien mueble, aquel embargo no se ha inscrito por ministro de fe, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; se revoca la resolución en alzada de fecha veintitrés de agosto de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 del cuaderno de apremio, dictada por el Juzgado de Letras de Castro, y en consecuencia, se ordena al Tribunal a quo tener presente el bien inmueble señalado por la ejecutante para la traba del embargo. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N° 1166-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, estimándose que el bien indicado por la ejecutante responde a las facultades que establece el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, el cual no impone restricciones a la designación de ellos de acuerdo a su naturaleza u orden de prelación, asistién
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica