SIN INFORMACION

HERNÁNDEZ/ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A.

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Con fecha 7 de agosto de 2024, comparece Claudio Iván Estay Saravia, abogado, en favor de Pilar Anaís Hernández Vidal, interponiendo recurso de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A., representada por don Giuseppe Turchiarelli, por haber privado del suministro eléctrico a la recurrente por más de 140 horas desde el inicio de un sistema frontal, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que la empresa recurrida no ha dado cumplimiento a la reposición inmediata del suministro eléctrico ni ha realizado las labores preventivas necesarias, vulnerando con ello los derechos fundamentales contemplados en el artículo 19 N° 2, 3 y 24 de la Constitución Política de la República que garantiza a todas las personas, por lo que solicita se ordene el restablecimiento inmediato del suministro eléctrico y la remisión de los antecedentes a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Expone la recurrente que es arrendataria del inmueble ubicado en María Angélica N° 9498-B, comuna de Pudahuel, el cual utiliza como casa-habitación y para ejercer su actividad económica consistente en un emprendimiento de estampados y venta de productos personalizados, siendo cliente de la empresa recurrida bajo el número 372973-7. Señala que, con más de una semana de anticipación, el gobierno advirtió a través de los medios de comunicación sobre la posibilidad de un fuerte frente de mal tiempo caracterizado principalmente por fuertes vientos, los que en la comuna de Pudahuel superaron los 124 kilómetros por hora el día 1 de agosto de 2024 a las 23:00 horas. Indica que esta situación debió implicar un mantenimiento preventivo en todo el cableado, empalme y terminales de energía eléctrica en todas las comunas del Gran Santiago, pudiendo la empresa implementar medidas de mitigación como la poda de árboles cercanos a las líneas eléctricas. Agrega que en la comuna de Pudahuel, Enel ha limitado estas labores preventivas de poda únicamente a los

Fundamentos

fundamentos de derecho, sostiene que no ha cometido acto ni incurrido en omisión arbitraria o ilegal que pudiera causar una privación, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de las garantías constitucionales de la recurrente o, en caso de estimarse existentes, estas fueron debidamente subsanadas, por lo que el recurso habría perdido oportunidad. Argumenta que no concurren los requisitos que la Constitución establece en su artículo 20 para que prospere la acción cautelar, destacando que la infracción recurrible debe ser patente, manifiesta, grave y antijurídica, pues el objetivo propio y restringido del recurso es reaccionar contra una situación de hecho evidentemente anormal que lesiona alguna garantía constitucional.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene: 1) Remitir los antecedentes a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para que ésta, en el ejercicio de su función fiscalizadora, investigue y sancione a Enel Distribución por el incumplimiento del restablecimiento del suministro; y 2) Ordenar a Enel Distribución dar estricto cumplimiento al contrato de suministro de electricidad que mantiene con la propiedad que habita y ocupa la recurrente, restableciendo el suministro de forma inmediata. Segundo: Que al evacuar el informe solicitado, Enel Distribución Chile S.A., representada por el abogado Cristian Andrés Muñoz Levill, expone como antecedentes de hecho que entre los días 1 y 3 de agosto de 2024, diversas regiones del país, incluida la Región Metropolitana, se vieron afectadas por un sistema frontal consistente en lluvias y fuertes ráfagas de viento que marcaron registros históricos, alcanzando más de 120 km/h en la madrugada del viernes 3 de agosto, según registros de la estación administrada por la Dirección Meteorológica de Chile en el aeropuerto internacional de Santiago. Señala que los pronósticos meteorológicos previos a dicho evento, incluso en su víspera, erraron al predecir la intensidad del mismo, particularmente respecto a la velocidad que alcanzarían los vientos que asolaron el área de concesión de la recurrida. Así, indica que el día 31 de julio de 2024, el meteorólogo de la Dirección Meteorológica de Chile, A

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Con fecha 7 de agosto de 2024, comparece Claudio Iván Estay Saravia, abogado, en favor de Pilar Anaís Hernández Vidal, interponiendo recurso de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A., representada por don Giuseppe Turchiarelli, por haber privado del suministro eléctrico a la r

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