SIN INFORMACION

PAOLA PÉREZ DIAZ/BANCO FALABELLA S.A.

Rol

Fecha

9 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes; estimando estos sentenciadores que este recurso no es la vía idónea para conocer de las circunstancias denunciadas, por cuanto se trata de hechos que deben conocerse en sede administrativa, ya sea ante el Servicio Nacional del Consumidor o la Comisión para el Mercado Financiero, ejerciendo en el mismo proceso los mecanismos reclamación e impugnación consagrados en la ley, escapando lo pedido a la tutela cautelar y de urgencia propia de este arbitrio y visto lo dispuesto en el numeral dos del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara inadmisible el recurso de protección de inicio. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al segundo y tercer otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-7017-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección de inicio. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto a lo principal. Al segundo y tercer otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-7017-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Hog. Certifico: Que el Ministro Sr. Hormazábal declara que le afecta la causal de recusación contemplada en el artículo 196 N° 5 del Código Orgánico de Tribunales, en relación con Banco Falabella. Valparaíso, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Sebastián Tapia Astudillo Relator de Cuenta. Valparaíso, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Póngase la constancia de

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