LUNA BURBOA CHRISTIAN BYRON SANDINNO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
9 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, mediante formulario, comparece doña Carla Rivas Ruz en favor de don Christian Byron Luna Burboa, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, por haber rechazado concederle el beneficio de libertad condicional. SEGUNDO: Que, evacuando informe, la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, doña Sandra Araya Naranjo, expuso que, por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio solicitado respecto del amparado, mediante resolución de 24 de octubre pasado, ello teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. TERCERO: Que, de los antecedentes correspondientes, se tiene por establecido que el amparado tiene 31 años y fue calificado con mediano compromiso delictual. Asimismo, se da cuenta que cumple las siguientes condenas: 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de posesión o tenencia de armas prohibidas; 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de receptación y; 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de ocultamiento de placa patente, iniciando el cumplimiento de su condena el 2 de junio de 2020, con término previsto para el día 19 de agosto de 2025. Además, consta que cumplió el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 29 de agosto de 2021, no registra beneficios intrapenitenciarios y registra una falta al régimen interno de septiembre de 2021. En el informe de postulación psicosocial libertad condicional, se consigna que: “Sujeto evaluado mediante instrumento de valoración de riesgo arrojando riesgo de reincidencia media, con necesidad alta de intervención en el área de Relación a pares y cuenta con necesidades de intervención media en los factores de Uso de
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que el postulante es un sujeto con mediano compromiso delictual, nivel de riesgo de reincidencia medio, problemas de adherencia a condiciones para el cumplimiento en libertad, deficiente capacidad para la resolución de conflictos y habilidades de autocontrol, y una precaria conciencia del delito. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por la recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. OCTAVO: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal o seguridad del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Christian Byron Luna Burboa, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-3636-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, mediante formulario, comparece doña Carla Rivas Ruz en favor de don Christian Byron Luna Burboa, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Co
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