SILVA/HOSPITAL PUERTO MONTT DR. EDUARDO SCHUTZ SCHROEDER
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, advirtiéndose por estos sentenciadores la inexistencia de perjuicio respecto de la parte demandante, toda vez que lo resuelto por el Tribunal a quo no restringe o impide la realización de diligencia o facultad alguna de aquellas establecidas por la ley a su respecto;
Fundamentos
considerando además que el plazo establecido por el Tribunal a quo no resulta ser fatal por ser uno de naturaleza judicial, no habiéndose remitido, además, la resolución que establecía el previo a proveer de fecha cinco de noviembre de dos mil veintitrés a la demandada Hospital de Puerto Montt mediante el correo electrónico señalado en su oportunidad, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; se confirma, sin costas del recurso la resolución en alzada de fecha veintitrés de octubre de dos mil veintitrés dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse en comisión de servicio. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N°1265-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, advirtiéndose por estos sentenciadores la inexistencia de perjuicio respecto de la parte demandante, toda vez que lo resuelto por el Tribunal a quo no restringe o impide la realización de diligencia o facultad alguna de aquellas establecidas por la ley a su
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