JUZGADO DE GARANTIA DE VALDIVIA

MP C/ CRISTIAN MATIAS PINEDA CARDENAS

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Gloria Hidalgo Álvarez, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener la internación provisoria del imputado en virtud de la actitud contumaz del imputado. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1682 – 2024 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 6 de diciembre de 2024. Camila Matamala Relatora Ad–Hoc En Valdivia, seis de diciembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete la internación provisoria del imputado. A continuación alega la defensa, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Gloria Hidalgo Álvarez, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener la internación provisoria del imputado en virtud de la actitud contumaz del imputado. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1682 – 2024 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 6 de diciembre de 2024. Camila Matamala Relatora Ad–Hoc En Valdivia, seis de diciembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2401242256–K, RIT 6746–2024. ROL CORTE 1682–2024. Siendo las 09:28 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia del Ministro Sr. Juan Igna

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