SIN INFORMACION

ÁLAMO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero. Que comparece Rodrigo Andrés Godoy Araya, abogado, en representación de Marco Antonio Álamo Castañeda, quien deduce recurso de reclamación administrativa prevista en el artículo 141 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, en contra de la Resolución Exenta N°5320, dictada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública el 30 de diciembre de 2021, y que le fue notificada personalmente el día 27 de agosto de 2024, mediante la cual se determinó su expulsión del territorio nacional. Solicita se revoque la orden de expulsión, por carecer la resolución de justificación legal y por afectar su derecho a la unidad familiar. Funda su recurso en que es un ciudadano de nacionalidad peruana, que ingresó en forma regular a Chile el 29 de julio de 2016 por el paso Chacalluta. Señala que antes de ingresar a Chile, fue condenado en 2 oportunidades por tribunales peruanos, el 23 de julio de 2015, a una terapia psicológica por violencia intrafamiliar en contra de su pareja, y el 22 de mayo de 2017, a la pena de 3 años de arraigo nacional y a una indemnización, por el mismo hecho de violencia intrafamiliar en contra de su ex conviviente; sin embargo, que ya residía en Chile cuando se dictó dicha sentencia y que se encuentra actualmente cumplida. Señala que obtuvo visa temporal para trabajar desde el 13 de mayo de 2017 al 11 de abril de 2018. Que antes de su vencimiento, solicitó residencia definitiva en marzo de 2018, siendo informado en el mes de septiembre de 2018 que aquella había sido rechazada, debido a los antecedentes penales en su país de origen. Indica que en el año 2020 volvió a postular a la residencia temporal, al mismo tiempo que hizo pago de multa por su permanencia en situación migratoria irregular. Que en mayo 2021 solicitó regularización extraordinaria de su condición migratoria irregular, otorgándose el 5 de octubre de 2021 un certificado de trabajo; sin embargo lo cual, con fecha 11 de agosto de 2023 se dictó la Resolución Exenta N°23307693 que decretó rechazar la solicitud de regularización migratoria por sus antecedentes penales en su país de origen. Expone que con fecha 5 de diciembre de 2023, el protegido pagó otra multa por el periodo de tiempo en que se mantuvo irregular y, además, solicitó permiso de residencia temporal por reunificación familiar pensando que esta vez sus antecedentes penales de país de origen ya habían sido eliminados. El 8 de mayo de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones dio curso a la tramitación de su residencia temporal, y además le solicitó el certificado de antecedentes penales de su país de origen otorgando el plazo de 60 días corridos al respecto; sin embargo, por confusión, el reclamante entregó dichos antecedentes en 68 días, es decir, 8 días después de expirado el plazo. Sin obtener respuesta de su solicitud, con fecha 27 de agosto de 2024 fue citado por la Policía de Investigaciones de Chile, y concurriendo a sus dependencias, fue notificado del acta de la medida de exp

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución Exenta N°5320, de fecha 30 de diciembre de 2021, dictada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Acompañó a su presentación copia de la resolución recurrida, copia del acta de notificación de la misma, copia del pasaporte y del certificado de antecedentes en que no constan registros emitido por el Consulado General de Perú en Santiago con fecha 5 de diciembre de 2023, copia de certificado emitido por el Registro Civil chileno, resolución de 11 de agosto de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones que rechaza solicitud de regularización, resolución exenta N°31068 que aplica sanción pecuniaria que indica, notificación en que le solicita adjuntar antecedentes de 23 de marzo de 2023, certificado de residencia temporal en trámite de 8 de mayo de 2023, resolución que comunica solicitud incompleta o insuficiente otorgando plazo para remitir documentos adicionales de fecha 8 de mayo de 2024, cédula de identidad de Dhylam Jhoseph Álamo Saavedra de 9 de enero de 2019, liquidación de pago de pensión de alimentos, certificado de nacimiento de Thiago Gael Álamo Trujillo con fecha 29 de octubre de 2020, copia de la sentencia que condenó al reclamante a una terapia psicológica por violencia intrafamiliar. Segundo. Que evacuando traslado del reclamo, comparece Valentina Gómez Baltán, abogada, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el recha

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10 Santiago, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero. Que comparece Rodrigo Andrés Godoy Araya, abogado, en representación de Marco Antonio Álamo Castañeda, quien deduce recurso de reclamación administrativa prevista en el artículo 141 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, en contra de la Resolución Exenta N°5320, dictada por el Ministerio del Interior y S

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