IMPUTADOS: VICTOR ALBERTO HERRERA SALDIA
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
hechos por los que se le acusa, los que en su conjunto configuran una hipótesis de duda razonable que no se recoge en el fallo, afectando con ello el principio lógico de la razón suficiente. No existiría claridad en cuanto a la fecha y hora de los hechos, en cuanto a la vestimenta de la víctima, en cuanto a la persecución y aprensión del encartado, las especies no se encontraron en poder del encartado y, sobre todo, porque que los testigos no reconocieron al acusado en el juicio. 3º.- Desde luego, para arribar a la decisión de condena se debe superar un estándar de razonabilidad suficiente a la hora de fijar los hechos que determinan la existencia del delito, la participación del acusado y las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Dicho estándar de razonabilidad si bien no tiene una medida exacta, tampoco se no se identifica en la opinión de alguna persona en particular, sino que se trata de un proceso volitivo gobernado por los principios de la lógica, máximas de la experiencia y conocimientos científicamente afianzados. Este proceso argumentativo consta en los
Fundamentos
considerando: 1º.- En estos antecedentes del ingreso Penal 1752-2024, que corresponde a la causa RIT 1-2024 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, la sentencia de 9 de septiembre de 2024 resolvió: “I.- Que SE CONDENA a VICTOR ALBERTO HERRERA SALDIA, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su participación en calidad de autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas cometido en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal en relación con el artículo 432 mismo texto legal, perpetrado el 2 de abril de 2023 en la comuna de Coronel. II.- Que acorde con lo razonado en el motivo duodécimo de esta sentencia, no se sustituye la pena temporal impuesta por ninguna de las establecidas en la Ley 18.216, de manera que habrá de cumplirla efectivamente y se contará desde que se presente o sea habido, sirviéndole de abono el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, que de acuerdo a lo señalado en el motivo decimotercero, corresponde a trescientos sesenta y un días (361)”. 2º.- En contra de este dictamen la defensa interpone recurso de nulidad, toda vez que, en el pronunciamiento de ésta, se habría incurrido en la causal de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, esto es, la falta de fundamentación, específicamente, por infracción al principio de la razón suficiente, principios de la lógica en relación con el artículo 342 letras c) y d) a su vez, relacionados con el artículo 297 del mismo cuerpo legal citado. En síntesis, señala que la sentencia contiene siete inconsistencias en relación con la participación del encartado en los hechos por los que se le acusa, los que en su conjunto configuran una hipótesis de duda razonable que no se recoge en el fallo, afectando con ello el principio lógico de la razón suficiente. No existiría claridad en cuanto a la fecha y hora de los hechos, en cuanto a la vestimenta de la víctima, en cuanto a la persecución y aprensión del encartado, las especies no se encontraron en poder del encartado y, sobre todo, porque que los testigos no reconocieron al acusado en el juicio. 3º.- Desde luego, para arribar a la decisión de condena se debe superar un estándar de razonabilidad suficiente a la hora de fijar los hechos que determinan la existencia del delito, la participación del acusado y las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Dicho estándar de razonabilidad si bien no tiene una medida exacta, tampoco se no se identifica en la opinión de alguna persona en particular, sino que se trata de un proceso volitivo gobernado por los principios de la lógica, máximas de la experiencia y conocimientos científicamente afianzados. Este proceso argumentativo consta en los considerandos Séptimo y Noveno del
Fallo
fallo impugnado. 4º.- En este particular caso, se tendrá presente que los hechos de la acusación relatan una hipótesis de flagrancia y de una detención inmediata de la persona a la cual se le signó como autor del delito de robo, situaciones que fueron relatadas por diversas personas en la audiencia de juicio, especialmente el personal policial aprehensor, siendo estos relatos contestes en lo sustancial y coherentes con la demás prueba aportada al juicio; lo que se desarrolla pormenorizadamente en el considerando Séptimo del fallo en estudio. 5º.- Si existen algunas inconsistencias en los referidos relatos, especialmente en detalles relativos a las vestimentas del encartado, la hora de comisión, así como las distintas recorridas antes de lograr su detención. Estas inconsistencias son tratadas en el considerando Noveno del fallo a través una confrontación de elementos probatorios, consignando razones motivadas para concluir que se acreditó la existencia del delito y la participación que le corresponde al encartado. 6º.- En conclusión, el fallo impugnado contiene un desarrollo argumentativo adecuado para arribar la decisión de condena, explicando que las inconsistencias alegadas por la defensa no son esenciales, ya que la dinámica de aprehensión del encartado fue próxima en el tiempo a la denuncia de la víctima, siendo contestes en los aspectos relevantes que describen, dando razón de los diferencias que se generaron en torno a las vestimentas del encartado, así como las dif
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto, oído y considerando: 1º.- En estos antecedentes del ingreso Penal 1752-2024, que corresponde a la causa RIT 1-2024 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, la sentencia de 9 de septiembre de 2024 resolvió: “I.- Que SE CONDENA a VICTOR ALBERTO HERRERA SALDIA, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS C
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica