C/ MICHEL ANDRES CABELLO SANDOVAL
Rol
Fecha
6 de diciembre de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En proceso RUC N° 2400455768-5 / RIT N° 180-2024 del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia de fecha veintisiete de septiembre del año dos mil veinticuatro, lo(a)s magistrado(a)s Costa Barraza, Lindenberg Bustos y Cosma Inojosa, en lo pertinente, resolvieron condenar a don Michel Andrés Cabello Sandoval, cédula de identidad N° 16.006.327-0, a sufrir la pena corporal efectiva de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la sanción, como autor del delito consumado de robo en lugar habitado, destinado a la habitación o en sus dependencias, tipificado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, perpetrado en la comuna de La Reina, el 22 de abril de 2024, en perjuicio de don David Etchepare Quijada; y rechazaron su sustitución por una pena alternativa a la privación de libertad, abonándosele el tiempo que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con ocasión de esta causa desde el 22 de abril de 2024. En contra de esta decisión, y basándose en la prevención del juez Cosma, la defensa del acusado dedujo recurso extraordinario de nulidad por el motivo previsto en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, “Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, por cuanto ha estimado que el fallo no aplicó en la determinación de la pena la circunstancia minorante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 456 del Código Penal, en virtud de la cual correspondía bajar en un grado la pena corporal impuesta al sentenciado Cabello Sandoval, esto es, a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, abriendo la posibilidad de concederle una pena sustitutiva de la pena privativa de libertad, acorde
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La sentencia definitiva, en su Considerando Octavo, dio por acreditado que “El 22 de abril del 2024, a las 04:50 horas aproximadamente, el imputado Michel Andrés Cabello Sandoval ingresó, escalando la reja del cierre perimetral, a una casa habitación ubicada en un pasaje de la comuna de La Reina, mientras se encontraba en el interior su morador, David Etchepare Quijada, sacando desde el antejardín, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, una bicicleta, marca Upland, aro 29, modelo Vanguard, color gris, huyendo con la especie en su poder, siendo sorprendido por Carabineros a pocas cuadras del lugar en posesión de la bicicleta sustraída”, hechos que son constitutivos del delito consumado de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1, en relación con los artículos 432 y 449, todos del Código Penal. SEGUNDO: Como puede advertirse, dicho núcleo fáctico fijado por el tribunal adjudicador, congruente con los hechos descritos en la acusación fiscal, estableció expresamente que el acusado fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, a escasa distancia del sitio del suceso, con la especie sustraída en su poder, hechos que esta Corte no puede modificar mediante la causal de nulidad de
Fallo
fallo no aplicó en la determinación de la pena la circunstancia minorante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 456 del Código Penal, en virtud de la cual correspondía bajar en un grado la pena corporal impuesta al sentenciado Cabello Sandoval, esto es, a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, abriendo la posibilidad de concederle una pena sustitutiva de la pena privativa de libertad, acorde con los antecedentes sociales acompañados. Solicitó en concreto que se invalide la sentencia por la única causal ya indicada, dictándose una de reemplazo, en que se modifique la extensión de la condena del acusado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, sustituyéndose por una libertad vigilada intensiva por el mismo tiempo. CONSIDERANDO: PRIMERO: La sentencia definitiva, en su Considerando Octavo, dio por acreditado que “El 22 de abril del 2024, a las 04:50 horas aproximadamente, el imputado Michel Andrés Cabello Sandoval ingresó, escalando la reja del cierre perimetral, a una casa habitación ubicada en un pasaje de la comuna de La Reina, mientras se encontraba en el interior su morador, David Etchepare Quijada, sacando desde el antejardín, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, una bicicleta, marca Upland, aro 29, modelo Vanguard, color gris, huyendo con la especie en su poder, siendo sorprendido por Carabineros a pocas cuadras del lugar en posesión de la bicicleta sustraída”, hechos que son constitutivos del deli
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C.A. de Santiago Santiago, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En proceso RUC N° 2400455768-5 / RIT N° 180-2024 del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia de fecha veintisiete de septiembre del año dos mil veinticuatro, lo(a)s magistrado(a)s Costa Barraza, Lindenberg Bustos y Cosma Inojosa, en lo pertinente, resolvieron condenar a don Michel Andrés Ca
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