SIN INFORMACION

NELSON HERNANDEZ CONTRERAS /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece la abogada doña CAROLINA HIDALGO FIOL, cédula de identidad N°25.476.576-7, deduciendo acción de amparo en representación de don NELSON ENRIQUE HERNANDEZ CONTRERAS, Bodeguero, pasaporte venezolano N°163084310, domiciliado para los efectos de este recurso en Avenida Circunvalación Norte 811, Comuna de Curicó, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, continuador del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con domicilio en San Antonio 580, Santiago; por privar, perturbar y amenazar el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual del amparado, establecido en el art.19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado ingresó a Chile el 18 de febrero de 2019, por pasos habilitados, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por las autoridades a cargo del control migratorio. Posteriormente con el objeto de radicarse y hacer vida en nuestro país, solicita Visa Sujeta a Contrato, la cual fue otorgada por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, mediante Resolución Exenta N°335210 de 17 de diciembre de 2019, y notificada en el mes de enero del año 2020, debiendo concurrir en el plazo de 60 días a las oficinas de la autoridad recurrida, con la finalidad de proceder al estampado, previo al pago de los derechos del beneficio solicitado, y la consignación de un Certificado de Vigencia de Contrato de Trabajo. Agrega que, el amparado en el plazo otorgado, dio estricto cumplimiento a lo ordenado por el entonces Departamento de Extranjería y Migración, sin embargo, jamás puedo consignar la documentación requerida en el plazo de 60 días que le fue otorgado, por causas que en ningún caso le podrían ser imputables, como es la emergencia sanitaria y el estado de catástrofe. Ahora bien, da cuenta que remitió la orden de giro debidamente pagada y el certificado de vigencia de su contrato a través de Correos de Ch

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por la abogada doña Carolina Hidalgo Fiol a favor de don Nelson Enrique Hernández Contreras contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 625-2024/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, seis de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece la abogada doña CAROLINA HIDALGO FIOL, cédula de identidad N°25.476.576-7, deduciendo acción de amparo en representación de don NELSON ENRIQUE HERNANDEZ CONTRERAS, Bodeguero, pasaporte venezolano N°163084310, domiciliado para los efectos de este recurso en Avenida Circunvalación Norte 81

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