JUAN ALARCON MAMANI CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Pedro Godoy Puch, en favor de JUAN ALARCÓN MAMANI, ciudadano boliviano, sin cédula de identidad chilena, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Exenta N° 854, de 9 de enero de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia temporal, disponiendo su abandono del país. Ello, con vulneración al artículo 19, numerales 2° y 7° de la Constitución Política de la República. Señala que la resolución impugnada se fundamenta en que el recurrente registra antecedentes negativos en Chile, específicamente una condena como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional, dictada por el Juzgado de Garantía de Arica en causa RIT N° 5875-2021, RUC N° 2001057479-0, el 19 de noviembre de 2021, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, pena que fue sustituida por remisión condicional. Según la autoridad administrativa, dicha condena constituye un impedimento legal para otorgar residencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 88 inciso final, en relación con el artículo 33 N° 2 de la Ley N° 21.325 sobre Migración y Extranjería. Alega el recurrente que dicha condena, al corresponder a una infracción de tránsito y no a un delito de carácter grave o que atente contra bienes jurídicos esenciales, no puede justificar una resolución tan gravosa como la orden de abandono del territorio nacional. Agrega que el Servicio de Migraciones no consideró debidamente los antecedentes personales del amparado, quien tiene una familia conformada en Chile con su esposa, Margarita Huayllas Huaylla, ciudadana chilena, y cuatro hijos nacidos en Chile, dos de los cuales son menores de edad y reciben pensión alimenticia otorgada por el recurrente. El abogado recurrente sostiene que desde la ocurrencia del hecho que motivó la condena penal han transcurrido más de tres años, durante los cuales el amparado no ha incurrido en nuevos antecedentes negativos, y ha demostrado
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que es un hecho pacífico en la presente acción constitucional que quien impetra el presente habeas corpus cometió un delito consistente en conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional, dictada por el Juzgado de Garantía de Arica en causa RIT N° 5875-2021, RUC N° 2001057479-0, en el mes de noviembre de 2021. SEGUNDO: Que la legislación es clara en cuanto a que el artículo 157 número 5 de la Ley N° 21. 325, establece que el Servicio Nacional de Migraciones es la autoridad competente para resolver el otorgamiento, prórroga, rechazo y revocación de los permisos de residencia y permanencia. A su turno, en virtud del artículo 88 inciso final con relación al artículo 33 número 2 de la referida ley, el servicio competente rechazó la petición del amparado, toda vez que claramente no cumple con los requisitos que le habilitan para residir en el país, ya que registra antecedentes penales negativos en Chile por delitos que afectaban bienes jurídicos e intereses protegidos por el Estado, por lo que es posible concluir primeramente que la decisión fue adoptada por una autoridad competente y dentro del ejercicio de sus facultades, no advirtiéndose por ende ilegalidad alguna en la Resolución Exenta 854 de nueve de enero de dos mil veinticuatro que rechazó la solicitud de residencia del amparado, única hipótesis que salvaguarda la acción que consigna el artículo 21 de la carta magna, por lo que la presente acción será desestimada.
Fallo
Por estas consideraciones y lo que dispone el artículo 21 de la Constitución Política de la República se declara: Se rechaza el recurso de amparo deducido por Pedro Godoy Puch, en favor de JUAN ALARCÓN MAMANI. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N°364-2024 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Arica, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece Pedro Godoy Puch, en favor de JUAN ALARCÓN MAMANI, ciudadano boliviano, sin cédula de identidad chilena, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Resolución Exenta N° 854, de 9 de enero de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia temporal, disponiendo su abandon
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica