SIN INFORMACION

STERLING MICHEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece Pedro Elmine, quien recurre de amparo a favor de Sterling Michel, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24404516 de 26 de agosto de 2024 que rechazó su solicitud de regularización migratoria y ordenó su abandono del país, amenazando con ello su libertad personal, por lo que pide se ordene a la recurrida continuar con el procedimiento de regularización migratoria. Señala que el amparado realizó una solicitud de permanencia definitiva, buscando regularizar su situación en Chile, por cuanto con anterioridad contaba con su visa temporaria, la que le proporcionaba permiso para trabajar, prestando servicios para la empresa Broncería y Plástico Exma Limitada, y efectuando cotizaciones previsionales en la AFP Modelo, por lo que la decisión de parte del Servicio recurrido, deja al amparado en un estado de incertidumbre y de indefensión, toda vez que cumpliendo con los requisitos necesarios para su regularización, esta no le fue otorgada, por lo que pide se deje sin efecto la resolución recurrida y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones continuar con el procedimiento de regularización. Acompaña antecedentes laborales. A folio 6 informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, por lo que indica. En primer lugar señala que no se ha dictado acto alguno que amenace, o vulnere la libertad personal o seguridad individual del actor, por lo que el presente recurso de amparo no es procedente. En cuanto al fondo, indica que con fecha 6 de diciembre de 2022 el amparado solicitó el beneficio de la residencia definitiva, mediante ID N°57003969 y que por comunicación electrónica de fecha 3 de mayo de 2024, se comunicó a la persona extranjera que se encontraba en causal de rechazo y se le otorgó un plazo de 10 días para presentar antecedentes respecto a la causal, lo que no realizó, procediendo entonces a dictar la resolución que por esta v

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24404516 de 26 de agosto de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y ordenó su abandono del país por no haber acompañado el certificado de antecedentes penales ni haber acreditado el pago de la sanción pecuniaria correspondiente al artículo 107 de la ley 21.325. Segundo: Que, es importante recordar que el artículo 3, inciso 1° de la Ley N° 21.325 dispone que “El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria”, agregando su inciso 3°, que “A todo extranjero que solicite el ingreso o un permiso de residencia en el país se asegurará la aplicación de un procedimiento racional y justo para la aprobación o rechazo de su solicitud, el que se efectuará bajo criterios de admisión no discriminatoria”. Agrega el artículo 7 de la misma Ley que “El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes”. Tercero: Que, si bien la autoridad migratoria posee las atribuciones para denegar la residencia definitiva de la que se trata, no resulta posible, en este caso en particular, soslayar la situación política, económica y social vigente en el país de origen del amparado –Haití- el que se encuentra sumido en una crisis institucional y de seguridad de gran envergadura, con miles de personas intentando huir de las bandas criminales que controlan extensas porciones de territorio; lo que es de público conocimiento y que significa que el requisito que el Servicio de Migraciones exige es imposible de cumplir en este momento, en tanto no resulta posible para el amparado obtener el certificado de antecedentes que se le requiere.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de Sterling Michel y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24404516 de 26 de agosto de 2024 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida reanudar el procedimiento, y otorgar un plazo no inferior a sesenta días hábiles, para que el actor realice el pago de la multa impuesta y acompañe el certificado de antecedentes penales solicitado, transcurrido el cual deberá resolver su presentación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2949-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece Pedro Elmine, quien recurre de amparo a favor de Sterling Michel, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24404516 de 26 de agosto de 2024 que rechazó su solicitud de regularización migratoria y ordenó su abandono

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