SIN INFORMACION

MORENO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, mediante presentación de 29 de octubre de 2024, comparece Carlos Luis Moreno Navas, ciudadano venezolano, por sí mismo, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria en la emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando su solicitud de residencia definitiva formulada el 10 de mayo de 2023. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que excede el plazo legal establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880, vulnerando con ello el derecho a la igualdad ante la ley garantizado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene al recurrido pronunciarse sobre su solicitud dentro de un plazo razonable. Alega que la excesiva demora en la tramitación de su solicitud le ha generado múltiples perjuicios, encontrándose limitado para realizar trámites esenciales de la vida cotidiana al no ser titular de un visado vigente. Entre estas limitaciones señala la imposibilidad de realizar actos de compraventa, inversiones en el país, acceder a financiamientos o créditos bancarios, abrir cuentas bancarias, solicitar o renovar productos bancarios, postular a mejores oportunidades laborales y solicitar licencia de conducir. En el ámbito jurídico, fundamenta su recurso en la infracción a los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley 19.880, el artículo 37 de la Ley 21.325 y el artículo 46 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo 296 de 2022. Sostiene que el plazo transcurrido desde la presentación de su solicitud hasta la fecha de interposición del recurso excede con creces el término máximo de 6 meses establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880 para la tramitación de procedimientos administrativos. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene al Servicio Nacion

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones pronunciarse sobre su solicitud de residencia definitiva dentro de un plazo razonable, con expresa condena en costas. Segundo: Que informando el recurso, el Servicio Nacional de Migraciones, como alegación principal, solicita se declare la inadmisibilidad del recurso, fundado en que éste no cumple con los requisitos mínimos establecidos por la Constitución Política y el Auto Acordado respectivo, explicando que no existe vulneración actual ni potencial de garantías fundamentales que emane de una conducta atribuible a dicho Servicio, pue la demora administrativa en la tramitación de solicitudes de residencia no constituye por sí misma una vulneración de derechos fundamentales. En subsidio de lo anterior, opone excepción de falta de legitimación pasiva, argumentando que las dificultades que experimenta el recurrente no derivan de una actuación u omisión del Servicio, sino del desconocimiento por parte de terceros -públicos y privados- de la vigencia de los documentos de identidad de extranjeros que mantienen solicitudes en trámite. Sustenta esta alegación citando jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema, especialmente el fallo Rol N°115.064-2022, que expresamente ha establecido que en estos casos la acción debe dirigirse contra las entidades que efectivamente imponen tales restricciones y no contra el Servicio Nacional de Migraciones. En cuanto al fondo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que, mediante presentación de 29 de octubre de 2024, comparece Carlos Luis Moreno Navas, ciudadano venezolano, por sí mismo, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal

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