JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

DILLMAN LEANDRO RAMIREZ CACERES C/ NICOLAS IGNACIO AGUIRRE VALENCIA

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, por el momento, si bien concurren formalmente los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, otras medidas cautelares resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, en conformidad a lo que dispone el artículo 139 del mismo citad Código, SE REVOCA la resolución de veintisiete de noviembre del año dos mil veinticuatro que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado y en su lugar SE DECLARA que se sustituye la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total del imputado Nicolás Ignacio Aguirre Valencia. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 1022-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

SE DECLARA que se sustituye la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total del imputado Nicolás Ignacio Aguirre Valencia. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 1022-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Sala Rol: 1022-2024 Penal Ruc: 2400913782-K RIT: 5412 - 2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro, señor Pablo Zavala Fernández, Fiscal Judicial, señor Juan Manuel Escobar Salas y Abogada Integrante, señora Claudia Moraga Contreras. Relator (a): Alfonso Mella Guila

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