SIN INFORMACION

GUERRERO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Silvia Elisa Guerrero de Azara, abogada, de nacionalidad venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que estima ilegal y arbitraria consistente en no resolver la solicitud de nacionalización presentada, lo que vulnera la garantía consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Indica que su representada comenzó el trámite de nacionalización en el mes de marzo de 2022, cumpliendo todos los requisitos legales, sin embargo, no ha recibido ninguna respuesta por parte del Servicio Nacional de Migraciones. Expresa que la recurrida ha infringido el artículo 27 de la Ley N° 19.880, constituyendo un acto ilegal que vulnera la garantía fundamental del artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Finalmente, solicita que se ordene al recurrido Servicio Nacional de Migraciones que se pronuncie la referida solicitud en el más breve plazo que se estime pertinente, con costas. SEGUNDO: Que evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, por medio del abogado Javier Muñoz Reyes, quien solicita el rechazo de la presente acción, por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Expone que mediante Resolución Exenta N° 36.286, de fecha 18 de junio de 2009 se le otorgó a la actora la permanencia definitiva. Refiere que el 3 de marzo de 2022 la recurrente solicitó la carta de nacionalización y que, con fecha 11 de enero de 2024, se remitieron los antecedentes mediante Oficio Ordinario N° 1.878 a Gabinete Subsecretaría del Interior, para su pronunciamiento. Sostiene que el estado de pendencia de la solicitud de carta de nacionalización no conlleva perjuicio alguno al estatus migratorio de la actora, que es de residente, como tampoco al ejercicio de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de doña Silvia Elisa Guerrero de Azara en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-18466-2024

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 12: téngase presente. Proveyendo a lo principal del escrito folio 13: téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Silvia Elisa Guerrero de Azara, abogada, de nacionalidad venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Ser

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica