M.P C/ ARIEL HUMBERTO GUTIERREZ FIGUEROA
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes aparece que concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, única cuestión discutida en la audiencia, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de las víctimas, de acuerdo a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la naturaleza de los delitos, bienes jurídicos afectados, circunstancias de comisión, antecedentes penales pretéritos por delitos de la misma especie respecto de una de las víctimas de autos, pena probable a imponer y eventual forma de cumplimiento. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta de noviembre del año dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Ariel Humberto Gutiérrez Figueroa. Devuélvase vía interconexión. Nº 4213-2024-Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 4213-2024-Penal Ruc: 2401473974-9 Rit: 10469-2024 JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Carolina Cordero Jara Ministerio Público: María Natalia Soto Sepúlveda Defensor: Rodrigo Fuenzalida Fuenzalida Imputado: ARIEL HUMBERTO GUTIERREZ FIGUEROA Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, cinco
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica