SANDRA JUDITH ROSALES MILLA C/ PAMELA ISABEL SAEZ SANDOVAL Y OTRO
Rol
Fecha
5 de diciembre de 2024
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado,
Fundamentos
considerando que una o más de las medidas cautelares de menor intensidad indicadas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, y en su lugar
Fallo
se declara que se la deja sin efecto. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien fue de la opinión de confirmar la resolución apelada, atendida la naturaleza del ilícito por el cual fue formalizada, la gravedad de la pena a aplicar, pluralidad de participantes, arma blanca utilizada, antecedentes personales que señala la Sra. Juez del grado y, que el dinero entregado al tribunal pertenecía a la víctima y no respondía a su propio esfuerzo, por estimar que su libertad es un peligro para la sociedad. Dese orden de libertad inmediata a la imputada, si no estuviere privada de ella por otras causas en su contra. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-3447-2024./ahd
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 10:28 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señorita Eliana Quezada Muñoz, e integrada por la Ministra señora Inés María Letelier Ferrada y por el Abogado Integrante señor Eduardo Morales Espi
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